"2004- Año de la Antártida Argentina"

CIRCULAR Nº 22/04 C.G.N.

 

 REFERENCIA: PROCEDIMIENTO PARA REGULARIZAR EL REGISTRO DE ÓRDENES DE PAGO CANCELADAS POR MEDIO DE PAGO “NOTA” DE SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS CON SIDIF LOCAL UNIFICADO, FINANCIADOS CON CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS – COMPLEMENTARIA CIRCULAR Nº 5/00 CGN.

 

BUENOS AIRES, 29 de diciembre 2004.

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a Ud. en función a lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, la Circular Nº 5/00 CGN y con relación al tema de la referencia.

Al respecto, se informa que la presente norma es complementaria de la citada circular y que la misma tiene por objeto definir el procedimiento para regularizar el registro de Ordenes de Pago canceladas por el Medio de Pago “Nota”, a solicitud de la Tesorería General de la Nación para los Organismos que operen con el sistema SIDIF Local Unificado (SLU).

I) Formulario C-55, tipo de registro “Regularización” –Registro de Formulario C-55 de Regularización con Documento Original” -

Cuando corresponda el registro de la regularización de un pago por nota, en razón de que el monto debitado por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA fue superior al devengado del Formulario C-41 “Orden de Pago” o C-42 “Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria”, la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN solicitará al Servicio Administrativo Financiero presupuestario del gasto (receptor de la contribución figurativa) la emisión de un Formulario C-55 “Regularización y Modificaciones al registro”.

La nota de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN deberá indicar:

- El código de banco y el número de cuenta bancaria donde se realizó el débito

- Documento Original por el cual se pide la regularización del gasto.

Previo a la confección del formulario mencionado, el Servicio Receptor de la contribución figurativa deberá solicitar por nota al Servicio Cedente la emisión de un formulario C-41 “Orden de Pago” por el monto que la Tesorería General solicita que se regularice el gasto.

Una vez que el formulario C-41 “Orden de Pago” enviado por el Servicio Cedente sea pagado, el Servicio Receptor deberá, generar y transmitir al SIDIF Central:

a) El formulario C-10 “Informe de recursos”, tipo de registro Recaudación por la percepción de la contribución figurativa.

b) El formulario C-55 “Regularización y Modificaciones del registro” solicitado por la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en el campo observaciones se deberá consignar el número del formulario C-10 indicado en el punto a).

 

II) Formulario C-55, tipo de registro “Desafectación de Pago” y “Desafectación Global” -Sin depósito de fondos en cuenta bancaria” -

Cuando corresponda el registro de desafectación de un pago por nota, en razón de que el monto debitado por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA fue inferior al devengado del Formulario C-41 “Orden de Pago” o C-42 “Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria”, la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN solicitará al Servicio presupuestario del gasto (receptor de la contribución figurativa) la emisión de un Formulario C-55 “Regularización y Modificaciones al registro”, tipo de registro Desafectación o Desafectación de Pago.

La nota de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN deberá indicar:

- El código de banco y el número de cuenta bancaria donde se realizó el débito

- Documento Original por el cual se pide la desafectación del gasto.

Dado que no existe movimiento financiero el Servicio Receptor de la contribución figurativa no deberá solicitar al Servicio Cedente ningún ajuste, a la misma, ya que los saldos no utilizados al cierre del ejercicio formarán parte del cálculo de Remanentes a ingresar al Tesoro Nacional en el ejercicio siguiente, conforme se establece en el punto A de la Disposición Conjunta Nº 38/04 CGN y 11/04 TGN.

Saludo a Ud. atentamente.

                       


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