"2004- Año de la Antártida Argentina"
CIRCULAR Nº 03/04 C.G.N.
REFERENCIA:
REGISTRACIÓN CONTABLE DEL
GASTO ORIGINADO POR LA REDUCCIÓN DEL 13% Y SU POSTERIOR RESTITUCIÓN EN BONOS.
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS.
BUENOS AIRES, 9 de febrero de 2004.
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO
FINANCIERO:
Me dirijo a Ud. en función a lo dispuesto
por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional, del Decreto Nº 1918/02 y la
Decisión Administrativa Nº 8/03.
Al respecto, y en lo que se refiere a la
restitución al personal del 13% en efectivo la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN,
a través de la Circular Nº 11/03 C.G.N., instruyó a los Organismos
Descentralizados a los efectos de proceder a las registraciones contables
correspondientes.
Por otro lado, aquellos Organismos que no
registraron, al 31 de Diciembre de 2002, a través de una previsión contable, el
devengamiento del gasto correspondiente a la porción restituida oportunamente en
Bonos, deberán proceder a su regularización.
Para ello debitarán la Cuenta Contable 3.2.3.1
“Resultados de Ejercicios Anteriores” y acreditarán, como contrapartida, la
Subcuenta Contable 2.1.5.1.2. “Porción Corriente de Otras Deudas”, toda vez que
el citado gasto corresponde a los ejercicios 2001 y 2002.
Complementariamente dichos Organismos deberán
cancelar la citada cuenta de Pasivo, utilizando como contrapartida la Cuenta
Contable de Recursos 5.1.7.1. “Contribuciones de la Administración Central”,
considerando que dicho pasivo será atendido mediante Bonos del Tesoro
Nacional.
Asimismo los Servicios Administrativos que al
cierre del Ejercicio 2002 realizaron la correspondiente previsión contable,
deberán cancelarla contra la cuenta contable de Recursos mencionada.
Saludo a Ud. atentamente.
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