CIRCULAR
Nº 04/03
C.G.N.
REFERENCIA: ADECUACIÓN DE LOS SISTEMAS PROPIOS
EN VIRTUD DE LA DISPOSICIÓN CONJUNTA Nº 11/2003 C.G.N. Y 5/2003 T.G.N.
BUENOS AIRES, 11 de abril de 2003
SEÑOR JEFE DEL
SERVICIO
ADMINISTRATIVO
FINANCIERO:
Me dirijo a Ud. en función a lo dispuesto
por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional y la Disposición Conjunta Nº
11/2003 C.G.N. y Nº 5/2003 T.G.N.
Atento que los
Organismos de Administración Central alcanzados por la Resolución Nº 187/2002
S.H. deberán, en oportunidad de confeccionar la orden de pago, y en caso de
corresponder realizar la retención, utilizar como código de deducción el número 8 -Retenciones sobre Contribuciones
Patronales - Res. 187/2002 S.H., los Servicios Administrativo Financieros
que operen con Sistemas Propios deberán proceder a la apertura del código
anteriormente citado en sus sistemas, a fin de posibilitar el correcto registro
de las deducciones en concepto de Contribuciones Patronales adeudadas, conforme
la normativa citada, y su posterior pago.
Asimismo se informa que la relación
contable respecto del código anteriormente citado es; para el debe la sucuenta
contable 1.1.1.2.4 “Regularización de Montos por Retenciones” y para el haber
la subcuenta contable 2.1.1.4.4 “Retenciones a Pagar al Sistema de Seguridad
Social”.
Por otro lado y en virtud del artículo 2º de la citada Disposición
Conjunta se detalla como Anexo a la presente Circular, aquellas Entidades
Públicas del Gobierno Nacional que por encontrarse radicadas en la órbita de la
Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales (Agencia Nº 20) de la AFIP deben
acompañar la “Boleta de obligación F. 105”, como así también, las que se
encuentran fuera de la citada órbita toda vez que estas deben adjuntar el
“estado de Deuda Verificado –Res. Nº 187/2002 S.H.”.
Aquellos Organismos que utilicen sistemas
provistos por esta SECRETARÍA DE HACIENDA, la Unidad Informática oportunamente
dispondrá la adecuación de los mismos por las vías de estilo.
Cualquier consulta sobre este tema deberá
realizarse por escrito a la DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS de la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN.
Saludo a Ud. atentamente.