CIRCULAR Nº 15/02 C.G.N.

REFERENCIA: PAGOS A LA EMPRESA DISTRIBUIDORA NORTE S.A. (EDENOR) - CIRCULAR 40/95 C.G.N.

BUENOS AIRES, 23 de agosto de 2002 

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO: 

Me dirijo a Ud. en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y con relación al pago de los servicios prestados por la Empresa Distribuidora Norte (EDENOR)

Atento a lo manifestado en la circular de la referencia y conforme lo comunicado por la citada empresa, se reitera la plena vigencia de aquella, razón por la cual los pagos de los suministros eléctricos que se incluyan en los formularios C-41 deben ser canalizados ÚNICAMENTE por la siguiente cuenta corriente bancaria:

 

Banco

Sucursal

Tipo

Cuenta Nº

Denominación

7

999

2

51670-7-999-1

Empresa Distribuidora Norte S.A.

 

Asimismo, se comunica que no se deberán efectuar pagos a la cuenta corriente nº 30255/83 del BANCO NACIÓN ARGENTINA, excepto que los mismos se realicen en virtud de las disposiciones del Decreto Nº 584/94

 Saludo a usted atentamente.

 

 

 

 


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