CIRCULAR Nº 25/01 C.G.N.

REFERENCIA:  RESOLUCIÓN Nº 294/01 SH – SERVICIOS BÁSICOS

BUENOS AIRES, 19 de septiembre de 2001

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a Ud. en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y con relación a la Ley Nº 25.453.

Al respecto, se remite para su conocimiento fotocopia de la Resolución Nº 294/01 SH, mediante la cual se faculta a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a no dar curso a las órdenes de pago, autorizaciones de pago o selección de órdenes de pago de los Servicios Administrativo Financieros que registren mora en el registro y/o cancelación de servicios básicos.

Saludo a Usted atentamente.

 

 

 

 


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