CIRCULAR Nº  13/01 C.G.N.

REFERENCIA:  INFORMACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS POR PARTE DE LOS BANEFICIARIOS DE PAGOS QUE REALIZA EL TESORO.

BUENOS AIRES, 22 de mayo de 2001

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a Ud. en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y la Resolución Nº 262/95 S.H. “Beneficiarios de Pagos”.

Asimismo, la comunicación “A” 3247 del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA establece que sólo pueden ser titulares de cuentas de caja de ahorros las personas físicas y la Comunicación “A” 3250, también del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, dispone la apertura de cuentas especiales para personas jurídicas.

En tal sentido se hizo necesario la modificación de la Resolución Nº 262/65 S.H., la que se instrumentó mediante su similar Nº 73 de fecha 14 de Mayo de 2001, cuya fotocopia se adjunta.

Saludo a Usted atentamente.

 

 

 

 


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