CIRCULAR
Nº 13/01 C.G.N.
REFERENCIA: INFORMACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS POR PARTE DE
LOS BANEFICIARIOS DE PAGOS QUE REALIZA EL TESORO.
BUENOS AIRES, 22 de mayo de 2001
SEÑOR JEFE DEL
SERVICIO
ADMINISTRATIVO
FINANCIERO:
Me dirijo a Ud. en función de lo dispuesto por el artículo 88 de
la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional y la Resolución Nº 262/95 S.H. “Beneficiarios de
Pagos”.
Asimismo, la comunicación “A” 3247 del BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA establece que sólo pueden ser titulares de cuentas de caja
de ahorros las personas físicas y la Comunicación “A” 3250, también del BANCO
CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, dispone la apertura de cuentas especiales
para personas jurídicas.
En tal sentido se hizo necesario la modificación de la
Resolución Nº 262/65 S.H., la que se instrumentó mediante su similar Nº 73 de
fecha 14 de Mayo de 2001, cuya fotocopia se adjunta.
Saludo a Usted atentamente.