CIRCULAR Nº 8
/01 C.G.N.
REFERENCIA: PLAN DE CUENTAS DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y UNIVERSIDADES.
BUENOS AIRES, 23 de marzo de 2001
SEÑOR JEFE DEL
SERVICIO
ADMINISTRATIVO
FINANCIERO:
Me
dirijo a Ud. en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional y con relación a la Resolución Nº 1397/93 del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y modificatorias.
Atento
a los procesos de reingeniería del Sistema Integrado de Información Financiera,
SIDIF, que se están ejecutando en la actualidad, como así también a fin de
emitir los Estados Contables consolidados de la Administración Nacional, se
hace necesario analizar los planes de cuentas contables utilizados por la
totalidad de los Organismos.
Es
por ello que los citados Entes deberán remitir a la Dirección de Normas y
Sistemas de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con anterioridad al 30 de
Abril del presente año, sus Planes de Cuentas Contables actualmente en uso, con
el mayor nivel de desagregación.
Saludo a Usted atentamente.