CIRCULAR Nº 8 /01 C.G.N.

REFERENCIA:  PLAN DE CUENTAS DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y UNIVERSIDADES.

BUENOS AIRES, 23 de marzo de 2001

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a Ud. en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y con relación a la Resolución Nº 1397/93 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y modificatorias.

Atento a los procesos de reingeniería del Sistema Integrado de Información Financiera, SIDIF, que se están ejecutando en la actualidad, como así también a fin de emitir los Estados Contables consolidados de la Administración Nacional, se hace necesario analizar los planes de cuentas contables utilizados por la totalidad de los Organismos.

Es por ello que los citados Entes deberán remitir a la Dirección de Normas y Sistemas de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con anterioridad al 30 de Abril del presente año, sus Planes de Cuentas Contables actualmente en uso, con el mayor nivel de desagregación.

Saludo a Usted atentamente.

 

 

 

 


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