CIRCULAR
Nº 05/01 C.G.N.
REFERENCIA: CORREO ELECTRÓNICO.
BUENOS AIRES, 6 de febrero de 2000
SEÑOR JEFE DEL
SERVICIO
ADMINISTRATIVO
FINANCIERO:
Me dirijo a Ud. en función de lo dispuesto por el artículo 88 de
la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional.
A fin de mejorar las comunicaciones entre los
Servicios Administrativos Financieros y esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN,
se ha decidido utilizar el correo electrónico (e-mail) como medio de
comunicación con los Organismos, debido a la posibilidad que aquel posee de
enviar archivos adjuntos, cuya carga no es soportada por el correo TRANSAF.
Por lo tanto, los Servicios Administrativos deberán
informar las direcciones de e-mail de
un responsable y su reemplazo para este fin detallando el nombre y apellido,
dirección de correo y cargo del titular de cada cuenta, las cuales deberán
poseer carácter de oficial y donde se tendrán por válidas las comunicaciones
que remita esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, quedando a decisión de cada
Organismo la distribución interna de los correos.
Dicha formalidad comenzará a operar el 1º de abril
próximo, razón por la cual se solicita remitan la pertinente información a la
DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS antes del día 17 de marzo próximo.
Saludo a
Ud. atentamente.