CIRCULAR Nš 26 /97 C.G.N.

REFERENCIA: FIRMA EN LOS FORMULARIOS

BUENOS AIRES, 19 de Septiembre de 1997

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO

Me dirijo a Ud., en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nš 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y con relación al tema de la referencia.

Conforme los procedimientos vigentes, el registro de firmas de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN cuenta con por lo menos seis (6) firmantes por cada Servicio Administrativo, o sea Titular del Registro y reemplazantes.

Atento a ello, se pone en su conocimiento, que la Dirección de Procesamiento Contable - Departamento de Gastos- no recepcionará los formularios papel que contengan firmas repetidas, y en caso que alguno de los funcionarios estando debidamente autorizado, firme en un lugar que no es el originalmente previsto, en su reemplazo deberá firmar el sustituto natural de éste.

Por lo expuesto, y a fin de evitar ulteriores inconvenientes que obliguen al rechazo de los formularios que se presenten, se requiere mantengan actualizado el registro de firmas, en especial en período de vacaciones.

Saludo a Usted atentamente.

 

 

 


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