CIRCULAR Nº 23/97 C.G.N.
REFERENCIA: DEPURACIÓN DE LA TABLA DE BENEFICIARIOS DE PAGOS.
BUENOS AIRES, 22 DE AGOSTO DE 1997
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO
Me dirijo a Ud. en función a lo dispuesto por el artículo Nº 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y con relación a la Disposición Conjunta 21/95 CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y 10/95 TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
En función de ello esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN periódicamente realiza revisiones de la tabla de beneficiarios de pagos, encontrando en la misma algunas inconsistencias, provenientes de errores al momento del ingreso de la información por parte de los Servicios Administrativo Financieros.
Por tal motivo, se solicita que dichos Servicios
procedan a la revisión de los datos de los beneficiarios dados
de alta y comuniquen las modificaciones pertinentes a fin de
una adecuada exposición de aquéllos.
A partir del 15 de Septiembre próximo, esta Repartición procederá de oficio a dar de baja todos aquellos beneficiarios de pagos que contengan datos erróneos.
No obstante ello, se informa que cuando se verifiquen inconsistencias en la información transmitida, cualquiera fuere ella (CUIT que no se corresponde con el tipo de persona -física o jurídica-, tipo de sociedad, actividad lucrativa, etc.), procederá a la baja inmediata, sin comunicación previa y bajo responsabilidad del Servicio Administrativo Financiero que ingresó los datos.
Saludo a Ud. Atentamente.