CIRCULAR Nº 17/97 C.G.N
REFERENCIA: DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 84/96, CREACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES PRIVADOS DEL ESTADO NACIONAL.
BUENOS AIRES, 1 DE JULIO DE 1997.
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO
Me dirijo a Ud., en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de la Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional con relación al tema de la referencia.
A tal fin se comunica que de acuerdo con el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 84/96, se ha creado el Registro Nacional de Bienes Inmuebles Privados del Estado Nacional, que opera en la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Dado que, en cumplimiento del artículo 7º de la precitada Decisión Administrativa, la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN ha transferido a la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO, los registros, documentación y demás antecedentes que poseía sobre el particular, toda información relacionada con altas, bajas o transferencias relativas a bienes inmuebles, deberá ser comunicada a la mencionada Dirección Nacional.
Saludo a Usted atentamente.