CIRCULAR Nº 45/ 95 C. G. N.
REFERENCIA: CUENTA ÚNICA DEL TESORO - TRANSMISIÓN
DE FORMULARIO C-10, INFORME DE RECURSO.
BUENOS AIRES, 10 DE OCTUBRE DE 1995.
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:
Me dirijo a Ud., en función a lo dispuesto por el artículo
88 de la Ley 24. 156 de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, con
relación al Sistema de Cuenta Única del Tesoro y
a las disposiciones de la Resolución Nº 564/94 de
la SECRETARIA DE HACIENDA.
A tal fin se informa a los SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS,
que a la fecha se hallan incorporados al sistema de Cuenta Única
del Tesoro, el procedimiento a seguir para la confirmación
de los formularios C-10 - Informe de Recursos, recibidos por
los mismos, diariamente vía TRANSAF.
El procedimiento que a continuación se describe, no
será de aplicación para los formularios C-10 de
Resumen Mensual, conservando estos la misma modalidad que
hasta la fecha, es decir ingresar por CONTADURÍA GENERAL
DE LA NACIÓN el formulario papel y el disquete con los
archivos descritos en Circular Nº 13/95 C. G. N. .
TRANSMISIONES DE FORMULARIOS C10
1.
Diariamente, de corresponder, el S.I.D.I.F.
enviará a los SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS los formularios
C-10 generados en el proceso de la conciliación bancaria diaria de
las cuentas recaudadoras.
2.
Cada uno de aquellos deberán proceder
a validar la información recibida en estos formularios. Dicho proceso
se lo denominará confirmación de formularios C-10, la cual puede
ser correcta o con error.
3.
En ambos casos, correcta o con error,
el SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIERO deberá enviar la respuesta,
vía TRANSAF, al S.I.D.I.F..
3.1.- Cuando el
S.I.D.I.F. reciba la confirmación del SERVICIOS
ADMINISTRATIVO FINANCIERO, hará una nueva validación
de la misma:
Si es correcta devolverá el resultado de esa validación
y se actualizarán las tablas de ejecución presupuestaria.
3.2- Si se detectara algún problema, se actualizará
el estado del formulario como erróneo y se envía
al Servicio el motivo del rechazo y el Servicio deberá
volver a enviar la confirmación.
4.
De ser necesario, el SERVICIO ADMINISTRATIVO
FINANCIERO podrá enviar un formulario de corrección del formulario
confirmado en la etapa 2. A este nuevo formulario se le aplicarán los
mismos controles de validación que al formulario de confirmación
inicial.
5.
El S.A.F. podrá enviar un formulario
de regularización, cuando halla hecho una confirmación error.
La regularización se presenta exclusivamente cuando en
la información remitida por el S.I.D.I.F. figuran depósitos
por devolución de pagado en cuyo caso el S.A.F. deberá
realizar los siguiente:
Confeccionara un formulario C-55 por la desafectación del
pago y un C-10 de regularización por el importe correcto.
ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL DISEÑO DE LOS ARCHIVOS
Los formularios se envían en archivos con formato predeterminado
(ASCII)
Por lo tanto a pesar que tengan distintos nombres, según
la instancia que se esté contemplando, la estructura debe
ser siempre la misma.
Con lo cual a pesar que algunos campos no lleven datos, igual
deben enviarse en la estructura del archivo.
Aquellos campos que deban enviarse sin datos, guardarán
la siguiente regla:
Si el campo es numérico, contendrá un 0, alineado
a la derecha
Si el campo es caracter, será nulo (rellenado con espacios).
NOMBRE DE LOS ARCHIVOS
Archivos de Cabeceras, Longitud: 162 caracteres
SDCRCxxx. CON: cabecera de los formularios C10 de recaudación
generados por la conciliación, que envía el S.I.D.I.F.
al S.A.F..
SDCRSxxx. CON: cabecera de los formularios que envía
el S.A.F. al S.I.D.I.F..
Archivos de Ítems, Longitud : 68 caracteres
SDIRCxxx. CON: ítems de los formularios C10 de recaudación
generados por la conciliación, que envía el S.I.D.I.F.
al S.A.F.
SDITRxxx. CON: ítems de los formularios que envía
el S.A.F. al S.I.D.I.F. (tipo de registros: corrección
o regularización)
Respuesta de lo procesado en el S.I.D.I.F. de confirmación,
corrección y regularización enviada por el servicio.
El diseño de estos archivos se ajusta alas normativas de
la Circular nº 36/94 C.G.N.
SDGASxxx. CON: cabeceras de los formularios
SDGVRxxx. CON: este archivo es de ítems, se envía
si la cabecera tiene estado erróneo, y el error se encuentra
en los ítems.
ESTRUCTURA GENERAL CABECERA DE ARCHIVOS:
SDCRCxxx. CON: Origen S.I.D.I.F.
SDCRSxxx. CON: Origen S.A.F.
ESTRUCTURA GENERAL ARCHIVO DE ÍTEMS
SDIRCxxx. CON: Origen S.I.D.I.F.
SDITRxxx. CON: Origen S.A.F.
En el Anexo que acompaña a esta Circular, se describen
con mas detalle cada una de las Etapas que involucran los procesos
de confirmación y reconfirmación del formulario
C-10.
Saludo a Ud. atentamente.