CIRCULAR Nº 39/95 C.G.N.

REFERENCIA: DISPOSICIÓN CONJUNTA Nº 21/95 C.G.N. Y Nº 10/95 T.G.N.

BUENOS AIRES, 12 DE SETIEMBRE DE 1995

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a Ud., en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y con relación a la Disposición Conjunta Nº 21/95 C.G.N y Nº 10/95 T.G.N. y Circular Nº 32/95 C.G.N.

Conforme lo comunicado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, se informan los requisitos que deben cumplir los beneficiarios que den de alta de Cuentas Corrientes y de Ahorro de la citada Institución:

1. Campo "NÚMERO DE CUENTA - CLIENTE" : no puede superar los 10 (diez) dígitos, teniendo en cuenta que está compuesto por:

-    Número de Sucursal: 4 dígitos.
-    Número de Cuenta y Dígito Verificador: 6 dígitos.
( en el caso que el Número de Cuenta sea menor a 6 dígitos, deberá completarse con ceros a la izquierda del mismo).

Ejemplo:
CUENTA CORRIENTE / DE AHORRO Nº 9643/4
SUCURSAL : 4002

El campo deberá informarse sin barras ni guiones.

2. En el caso de las Cuentas Corrientes correspondientes a la Casa Central y Casa Matriz del citado Banco, en lugar del Número de Sucursal ( 1000 ó 2000 respectivamente ) se consignará el Número de Libro respectivo, que se indicará en forma antepuesta al Número de Cuenta Corriente.

Ejemplo:
CUENTA CORRIENTE / DE AHORRO Nº 1002-171/7
SUCURSAL : 1000

3. Campo RAZÓN SOCIAL (BENEFICIARIO): se concentrará la información respectiva en 22 (veintidós) posiciones, de manera tal de poder identificar claramente al titular de la cuenta.

Los requisitos enunciados deberán seguirse sin excepción caso contrario no se podrá proceder a la acreditación de fondos en las cuentas bancarias correspondientes al Banco de la Provincia de Buenos Aires que sean dadas de altas en el S.I.D.I.F. por incompatibilidad con el Sistema Informatico de la citada Institución.

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

 


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