CIRCULAR Nº 36/95 C.G.N.
REFERENCIA: NOTA 344/94 D.N.S. - REGISTRO
DE FIRMA.
BUENOS AIRES, 1 DE SEPTIEMBRE DE 1995
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO
Me dirijo a Ud., en función a lo dispuesto por el artículo
88 de la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera
y de los Sistemas de Control del Sector Público, y con
relación a la NOTA Nº 344/94 D.N.S. - Registro de
Firmas.
Sobre el particular se informa que, a fin de agilizar el proceso
de recepción, scaneo y modificación de firmas de
los responsables, se remite a Ud. el nuevo diseño del registro
de las mismas, junto con el procedimiento a ejecutar para su confección.
La UNIDAD DE INVESTIGACIONES CONTABLES de la CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN entregará una ficha de registro por responsable de firma
y reemplazante, según el diseño adjuntado como ANEXO
I.
Las fichas de registro, correctamente completadas, deberán
ser entregadas a la DIRECCIÓN DE PROCESAMIENTO CONTABLE
de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, juntamente
con una nota firmada por el Secretario Administrativo del que
dependa el Servicio avalando la información presentada.
A tal fin, se notifica que el número de responsables y
reemplazantes será de 1 (uno) por cargo, habiéndose
establecido en la Nota de referencia las distintas funciones para 3 (tres) cargos, obligatoriamente. Dichos cargos son: el
Responsable del Registro, el Director General de Administración
(Responsable del SAF) y el Secretario o Subsecretario del Área
Administrativa.
Se completarán todos los datos con tinta negra de trazado
medio, y en el caso de las firmas, dentro del recuadro habilitado
a tal fin.
A los fines de su confección, en las fichas de registro
se consignarán los siguientes datos:
Jurisdicción: ( Aquella a la que pertenece el
Servicio )
Denominación: ( Denominación completa
del Servicio, sin abreviaturas )
S.A.F. Nº: ( Número de Servicio, asignado
presupuestariamente )
Apellido: ( Del responsable/reemplazante, en mayúscula
e imprenta )
Nombres: ( Del responsable/reemplazante, en mayúsculas
e imprenta )
Cargo: ( Del responsable/reemplazante, en mayúsculas
e imprenta )
Norma Legal Nº: ( Nº de Norma Legal de designación
del responsable/reemplazante, si lo hubiere )
Firma:( Firma del responsable/reemplazante - se solicita
no sobrepasar los límites del recuadro )
En caso que un mismo Responsable esté autorizado a firmar
como reemplazante de otro funcionario de menor jerarquía,
en el espacio de Cargo consignará el que realmente
ejerce, debiendo mencionar la Norma Legal por la cual fue designado.
Si por alguna razón es necesario inhabilitar a un firmante,
el Secretario Administrativo del que depende el Servicio Administrativo
Financiero deberá presentar una nota a la UNIDAD DE INVESTIGACIONES
CONTABLES de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN,
informando el o los agentes que se deberán mantener inactivos
como responsables de firmar los documentos a presentar ante la
citada Contaduría.
Si un funcionario es dado de baja, para su rehabilitación
deberá ser dado de alta nuevamente, debiendo inhabilitarse
de corresponder al que ejercía el cargo hasta ese momento.
Se recuerda que, salvo autorización expresa, ningún
Servicio podrá registrar más de dos funcionarios
por cargo
(responsable y reemplazante ).
Cabe señalar que a partir del 1º de Octubre próximo,
no se dará curso a los distintos formularios de Órdenes
de Pago (C-41, C-42, C-43 y C-55) de los Servicios que no cumplan
con la presentación de las fichas de registro correspondientes,
toda vez que la firma de los mismos debe ser cotejada con la Base
de Datos de Firmas Scaneadas.
Saludo a Ud. atentamente.