CIRCULAR Nº 26/95 C.G.N.

REFERENCIA: PROCEDIMIENTO DE CONTINGENCIA EN CASO DE NO FUNCIONAR EL SISTEMA TRANSAF.

BUENOS AIRES, 21 DE JUNIO DE 1995

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO

Me dirijo a Ud., en función a lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público, y con relación al Sistema de Transmisión de Datos vía red telefónica -TRANSAF-, comunicado a través de las Circulares Nº 32/94 C.G.N. y 36/94 C.G.N.

A tal fin se informa el procedimiento alternativo, en caso de caída del Sistema TRANSAF en el Servicio Administrativo Financiero.

1 - CASOS EN QUE SE APLICA:

a) PROBLEMAS EN LA LÍNEA TELEFÓNICA 
b) PÉRDIDA DEL PROGRAMA TRANSAF 
c) PROBLEMAS EN EL MODEM

2 - TRANSMISIÓN

2.1 Si se presenta algunos de los casos mencionados, y por ello no resulta posible efectuar la transmisión, el funcionario autorizado a firmar el lote deberá presentarse en la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN - DIRECCIÓN DE PROCESAMIENTO CONTABLE con un disquete de 3 ½ " conteniendo los archivos a transmitir, los cuales deberán ser copiados del Directorio donde se hallan almacenados:

C:\UUPC\CONPRE

NOTA: Si se trató de firmar el lote antes de proceder al copiado de los archivos al disquete, deberá recuperarse el lote y copiar los archivos desde el Directorio \UUPC\CONPRE al disquete.

2.2 El disquete entregado será transferido al SIDIF a través de un equipo PC de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, donde:

1) Se cargarán los archivos contenidos en el mismo.
2) Se generará el lote.
3) Se procederá a su firma electrónica por el responsable.

2.3 El TRANSAF servidor validará la transmisión y la firma del lote recibido, grabará el mismo en el WORM y, en caso de no haber errores en la firma o transmisión, transferirá el lote al SIDIF.

2.4 Posteriormente indicará el resultado de la transmisión por pantalla, por lo cual, el responsable deberá permanecer hasta que se reciba la respuesta (la que se obtendrá en un tiempo promedio de 3 a 5 minutos).

NOTA: Se entiende por respuesta la confirmación de la comunicación y no la validación contable de los archivos.

Se entregará al responsable del Servicio Administrativo Financiero, la impresión de la confirmación de la comunicación.

3 - RECEPCIÓN DESDE EL SAF

3.1 El Servicio Administrativo Financiero debe comunicarse con la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, vía TRANSAF, para recibir el lote validado por el SIDIF.

3.2 Si el TRANSAF servidor no puede transmitir o el TRANSAF del SAF no puede recibir el lote, el SAF deberá retirar de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN - DIRECCIÓN DE PROCESAMIENTO CONTABLE un disquete con los archivos de respuesta.

El disquete entregado debe ser copiado en el equipo PC del Servicio Administrativo Financiero (equipo que contenga el sistema TRANSAF) en el directorio \UUCP\RX.

Luego el CONPRE o sistema propio del Servicio Administrativo Financiero, se encargará de leer las respuestas en forma normal.

En el caso de realizar una transmisión o una recepción mediante el procedimiento de la presente circular, se deberá informar previamente a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, a fin que esta repartición adopte los recaudos pertinentes.

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

 


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