CIRCULAR Nº 17/95 C.G.N.
REFERENCIA: CONFIRMACIÓN DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA ACUMULADA DE ENERO, FEBRERO Y MARZO.
BUENOS AIRES, 10 DE ABRIL DE 1995
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO
Me dirijo a Ud., en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, con relación al Sistema de Transmisión de Datos vía red telefónica -TRANSAF-, comunicado a través de Circular Nº 32/94 y Nº 36/94 C.G.N.
Debido a la necesidad de consolidar la información recibida del cierre del 1er trimestre de 1995, se establece que a partir del día 10 de Abril de 1995, no se deberán transmitir formularios del tipo C-75 mediante el sistema TRANSAF. Esta restricción se mantendra hasta nuevo aviso.
Se aclara que para aquellos formularios distintos del C-75, no se contempla la restriccion dispuesta por la presente.
Saludo a Ud. atentamente.