CIRCULAR Nº 14 /95 C.G.N.
REFERENCIA: NORMAS DE CIERRE DE EJERCICIO 1994. COMPLEMENTO DE LA RESOLUCIÓN 543/94 S.H.
BUENOS AIRES , 14 DE MARZO DE 1995
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:
Me dirijo a Ud. en función de los dispuesto por el artículo Nº 88 de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y el artículo Nº 14 de la Resolución Nº 543 S.H., de fecha 6 de diciembre de 1994.
Al respecto se comunica que los Organismos Descentralizados, (incluidas las Instituciones de Seguridad Social) y los entes comprendidos en el inciso b) del artículo 8º de la ley Nº 24.156, deberán presentar, dentro de los plazos que establece la Resolución Nº 543/94 S.H., la información respecto de su deuda pública interna o externa instrumentada o no, presupuestaria o extrapresupuestaria, de acuerdo a los Anexos I, II y III que se adjuntan a la presente Circular.
Los Anexos mencionados en el párrafo anterior deberán ser firmados por el máximo responsable del Servicio Administrativo Financiero o Ente, según corresponda, certificando que ha tenido a la vista la documentación respaldatoria, la que se conservará en el archivo oficial de la Entidad.
Los estados objeto de la presente Circular se presentarán de acuerdo a lo dispuesto en el punto 5 del Capítulo V -Normas Complementarias- de la Resolución Nº 543/94 S.H.
Saludo a Ud. atentamente.