INTRODUCCIÓN

 

 De acuerdo con lo establecido en el artículo 75, inciso 8, de la Constitución Nacional, es competencia del Honorable Congreso Nacional el tratamiento de la Cuenta de Inversión, que eleva el Poder Ejecutivo Nacional y cuya preparación, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley N° 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, le corresponde a la Contaduría General de la Nación.

 

En primer lugar es dable destacar que habida cuenta de la falta de sanción parlamentaria de la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2011, durante ese ejercicio fiscal, debió regir su similar Nº 26.546, de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2010, prorrogada en los términos del art. 27 de la Ley Nº 24.156. Dicho acto se materializó mediante el dictado del  Decreto Nº 2053 del 22 de Diciembre de 2010, complementada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2054 de igual fecha. La Ley prorrogada fue distribuida por la Decisión Administrativa Nº 1 del 7 de Enero del 2011.

 

La prórroga o reconducción del presupuesto es una medida de orden práctico, que permite al Poder Ejecutivo Nacional, mantener operativa la administración del país, cuando el proyecto de presupuesto remitido al Poder Legislativo por parte del Poder Ejecutivo Nacional no tiene aprobación antes de comenzar el año en el que va a regir.

 

La Cuenta de Inversión genera información relevante, confiable y oportuna y constituye una herramienta primordial para el análisis y evaluación de la gestión gubernamental durante un período dado y expone la citación del patrimonio público.

 

Por lo expuesto precedentemente, el Poder Ejecutivo Nacional eleva a consideración del Honorable Congreso de la Nación la Cuenta de Inversión del ejercicio 2011, confeccionada de acuerdo a las normas y criterios establecidos por la mencionada Ley N° 24.156 y normas modificatorias y complementarias, sobre la base de registros analíticos y mediante la concentración de datos de la Administración Central, Organismos Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social, Universidades Nacionales, Sociedades y Empresas del Estado, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos.

 

Para la elaboración de los Estados Contables, la Contaduría General de la Nación, entre otras tareas, consolida e integra la información contable que, luego de controlada, autorizada, procesada y registrada por las Unidades de Registro Primario de las Entidades y Jurisdicciones de la Administración Nacional –sujetas a sus respectivos órganos de control interno y externo- es ingresada por aquellos al Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F.), quedando en su poder la totalidad de la documentación de respaldo.

 

La Contaduría General de la Nación, con la información obrante en el sistema y la adicional que solicita, realiza los análisis y demás tareas que aseguren la coherencia en las cifras que expone, partiendo del principio de descentralización operativa y de la aplicación de los procedimientos de control –tanto interno como externo- en cada responsable de la transacción.

 

En tal sentido es del caso puntualizar que la citada Contaduría elabora el Balance de la Administración Central, a partir de las registraciones automáticas que surgen de las transacciones presupuestarias que los Organismos que la conforman reportan al S.I.D.I.F., e integra el Patrimonio Neto del resto de los entes que conforman el Sector Público Nacional, conforme estos informan a la mencionada Contaduría.

 

Respecto del contenido de la presente Cuenta de Inversión, se ha seguido el lineamiento establecido por el artículo 95 de la Ley Nº 24.156.

 

En el primer tomo se presentan los Principales Aspectos Metodológicos y Conceptuales, donde se detallan las principales acciones llevadas a cabo por los componentes del Sistema de Administración Financiera durante el ejercicio fiscal.

 

Posteriormente, se formulan Comentarios a la Ejecución Presupuestaria 2011 consistente en un análisis de los artículos relevantes en materia presupuestaria y financiera de la Ley Nº 26.546, de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2010, que fueran prorrogados por el Decreto Nº 2053/2010, mas aquellos incorporados por el DNU Nº 2054/2011,  conforme la información remitida por las unidades responsables, con el objeto de brindar los elementos de juicio necesarios que posibiliten al lector una adecuada comprensión de los hechos acaecidos.

 

Asimismo se expone la Compatibilización Contable-Presupuestaria que permite el cotejo entre el resultado corriente de la Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento (A.I.F.) de la Administración Central y el resultado del Estado de Recursos y Gastos Corrientes, con el objeto de permitir evaluar la coherencia entre ambos resultados.

 

Seguidamente, se presentan los Estados de Ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional, dentro de los cuales se incluyen la Cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento de la Administración Nacional (A.I.F.) con su correspondiente metodología de elaboración, los presupuestos de gastos y de recursos, transferencias interinstitucionales, fuentes y aplicaciones financieras y el detalle de cargos y horas de cátedra ocupados al cierre del ejercicio.

 

A continuación, se incorpora información relacionada con el Análisis de las Contribuciones al Tesoro y de los Ingresos por Remanentes, que incluye las Contribuciones que durante el ejercicio 2011 diversos organismos de la Administración Central y Descentralizados han efectuado a favor del Tesoro Nacional, la ejecución de los remanentes del ejercicio 2010 durante el año 2011 y un detalle del Recaudado no Devengado de los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Instituciones de Seguridad Social para el presente ejercicio.

 

Más adelante, se consigna el Estado de Situación del Tesoro de la Administración Central con su correspondiente informe metodológico y el Estado de Situación de la Deuda Pública de la Administración Central, conforme a la información elaborada por la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

 

 Posteriormente, se presenta la Cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento del Sector Público Nacional no Financiero que resume la gestión financiera consolidada de dicho Sector y que permite mostrar los resultados operativo, económico y financiero referentes a cada Nivel Institucional.

 

Seguidamente, se exponen las Cuentas Ahorro Inversión Financiamiento de los Organismos Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social, Universidades Nacionales, Empresas y Sociedades del Estado, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos con los comentarios sobre la ejecución presupuestaria de los últimos cuatro mencionados.

 

Finalizando este primer tomo, se muestran los Estados Contables de la Administración Central elaborados conforme el marco conceptual específico para el Sector Público Nacional, dispuesto por la Res. S.H. Nº 25/95.

 

Dichos Estados están compuestos por el Balance General, el Estado de Recursos y Gastos Corrientes, el Estado de Origen y Aplicación de Fondos y el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, con sus correspondientes Notas a los Estados Contables y los Anexos relacionados con Bienes de Uso y con los Patrimonios Netos de entidades del Sector Público Nacional y Aportes a Organismos Internacionales.

 

En el presente ejercicio, manteniendo el criterio adoptado en las Cuentas de Inversión de ejercicios anteriores, no se ha incluido el detalle de los ingresos por privatizaciones registrados durante el ejercicio 2011, ya que las percepciones que se produjeron si bien están vinculados a dicho proceso, son acreencias de distinta naturaleza tales como canon, porcentajes de recaudación, intereses, etc, que constituyen recursos presupuestarios ordinarios.

 

El segundo tomo, corresponde a la Evaluación de Resultados de la Gestión Gubernamental conforme a la información preparada por la Oficina Nacional de Presupuesto, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Nº 24.156 y normas modificatorias y complementarias, incluye el Sistema de Seguimiento Físico - Financiero, los Resultados por Programas y Proyectos por Orden Institucional y, específicamente, el Seguimiento Físico - Financiero de Proyectos Viales.

 

Asimismo, y de acuerdo a la metodología adoptada en años anteriores con el fin de otorgar mayor nivel de accesibilidad y comprensión a la Cuenta de Inversión, se ha incluido en una Separata de Ejecución Presupuestaria la información sobre la ejecución presupuestaria de gastos y recursos por nivel institucional, es decir Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social. Asimismo se incorporan los cuadros de movimientos financieros presentados por las unidades ejecutoras de préstamos externos agrupados por servicio administrativo-financiero del cual dependen presupuestariamente.

 

Por su parte, la Separata de Deuda Pública, elaborada íntegramente por la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, contiene el detalle analítico del Estado de Situación de la Deuda Pública, relacionado con la Resolución Conjunta S.H. Nº 293/04 y S.F. Nº 127/04.

 

No obstante lo expuesto, y a efectos de evaluar aspectos que permitan eventualmente mejorar la Cuenta de Inversión, la Contaduría General de la Nación ha continuado el intercambio de ideas con representantes de los Órganos de Control, entes técnicos, y en el futuro, con los Legisladores Nacionales, a fin de analizar el actual contenido de los estados que forman parte de dicho documento, para que constituya el adecuado marco informativo que posibilite el análisis de la gestión presupuestaria, contable y financiera de la Administración Nacional, dentro de un marco de estricta transparencia y que facilite su evaluación, control y tratamiento parlamentario.