ANEXO 4.19 NOTAS

 

 

S.A.F.: 357 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

 

 

1) El programa operó durante el ejercicio únicamente con aporte local.

 

2) Las Entradas No Presupuestarias se componen de anticipos entregados en un ejercicio anterior y rendidos en el actual por la suma de $ 705,81; devolución de fondos incorrectamente retenidos por ARBA por $ 7.994 y fondos transferidos para devolución al BID por $ 11.604,12. En cuanto a este último concepto, se notificó al proyecto que la exposición realizada resultaba insuficiente al igual que los comentarios anexos, no quedando debidamente plasmado el circuito financiero que se pretendía reflejar. La respuesta que remiten los responsables de este proyecto confirma la incongruencia  detectada, no mediando corrección alguna.

 

3) En el rubro Otras Salidas No Presupuestarias se exponen las diferencias de cambio propias del período por la posición neta positiva, a pesar de que el proyecto las informa inadecuadamente, omitiendo considerar las recomendaciones de la Contaduría General de la Nación respecto de la naturaleza financiera de estos anexos.

 

4) A su vez, se debió ajustar este rubro con el objeto de reflejar las discrepancias respecto de la ejecución de recursos de fuente externa obrantes en el SIDIF. En este sentido, se le comunicó al SAF mediante Nota DAIF N° 62/12 que resultaba incorrecto exponer una devolución de fondos al BID por un monto negativo de $ 19.573,68 en el rubro Entradas Presupuestarias. Al respecto, sus responsables ponen de manifiesto la utilización de criterios no consensuados con ninguno de los órganos rectores, arrogándose una facultad no prevista en la Ley de Administración Financiera.

 

5) Con respecto a los rubros Salidas Presupuestarias y Pagado de Deuda Exigible, cabe mencionar que la documentación de cierre elaborada por el proyecto se contradice con los registros obrantes en el SIDIF, razón por la cual se procedió a exponer en el presente anexo los datos que surgen del sistema. Al comunicarle esta situación a los responsables del SAF y del proyecto, ponen de manifiesto que la diferencia respecto de los registros del SIDIF, que asciende a $ 15.180, corresponde a devoluciones de fondos realizadas por consultores en concepto de posgrados abonados por el proyecto en los ejercicios 2008, 2009 y 2010 y no finalizados por los beneficiarios. Conforme esta respuesta cabe resaltar que el proyecto corrobora la incongruencia de la información presentada al cierre del ejercicio 2011, no mediando corrección alguna y pone de manifiesto una vez más, la utilización de criterios no consensuados con ninguno de los órganos rectores.

 

6) Se debió ajustar el rubro Otras Salidas No presupuestarias a los fines de reflejar el efecto neto de las diferencias de cambio originadas en la utilización de diferentes tipos de cambio para la valuación de desembolsos por parte de la DADP y la UEPEX.

 

7) En el rubro Otros Saldos Finales el proyecto declara contar con disponibilidades al 31/12/11 en OEI por la suma de $ 6.797,04 pero a los fines de este anexo las mismas no se exponen por tratarse de aporte local.

 

8) Las Entradas No Presupuestarias corresponden a retenciones impagas por $ 7.213,76; anticipos de viáticos a rendir por $ 53.439,43 y una suma de $ 670,45 identificada como “Partidas Conciliatorias”. Con respecto a este último concepto, el proyecto describe adicionalmente que mediante la exposición de dicho monto pretende reflejar la reimputación de un pago de deuda exigible originalmente informado como fuente externa pero que correspondía a la contraparte local y una desafectación por reintegro de viáticos. En este sentido, se le solicitó a sus autoridades justificar los motivos por los cuales no se procedió en tiempo y forma a imputarlos en el SIDIF conforme los procedimientos habituales. Sin embargo, la respuesta recibida pone de manifiesto que los responsables del proyecto no articularon con el SAF la resolución de este tema. Acerca del ítem que describe los ingresos por $ 53.439,43 se notificó al proyecto que la exposición resultaba inadecuada a falta de mayores aclaraciones y una vez más se puntualizó el criterio tantas veces comunicado, de que los anticipos se asimilan a disponibilidades y se les debería dar el tratamiento pertinente en cuanto a su exposición y respaldo documental. No obstante, la respuesta que remiten los responsables de este proyecto pone de manifiesto la utilización de criterios no consensuados con ninguno de los órganos rectores, evidenciándose una clara incongruencia en los criterios propios que describen, y por lo tanto no mediando corrección alguna.

 

9) En el rubro Otras Salidas No Presupuestarias se exponen las diferencias de cambio propias del período por $ 61.958,38; retenciones pagadas por $ 26,94 y un monto de $ 1.957,60 vinculado con un ajuste de deuda exigible 2009 presentada en 2011. En alusión a este último ítem se requirió ampliar dicho concepto, ya que el mismo no aporta una explicación sustancial de lo que se pretende exponer, toda vez que en caso de que fuera necesario regularizar la situación planteada, el proyecto debe impulsar las correcciones en el SIDIF mediante los procedimientos habituales a través del SAF, que es quien realiza las gestiones ante la Contaduría General de la Nación y con suma urgencia, habida cuenta del tiempo transcurrido. La respuesta que remiten los responsables de este proyecto no satisface el requerimiento y tampoco se impulsa corrección alguna.

 

10) Además, se procedió a ajustar por una suma de $ 54.436,76 el rubro Otras Salidas No Presupuestarias, con el objeto de plasmar las diferencias de cambio originadas en la utilización de diferentes tipos de cambio para la valuación de desembolsos por parte de la DADP y el proyecto.

 

11) Al cierre del ejercicio 2010, el proyecto declaraba la existencia de anticipos a rendir por la suma de $ 5.354,75 que conforme los criterios de esta Contaduría General de la Nación, fueron expuestos como disponibilidades en el rubro Otros Saldos Finales, situación que fuera informada al proyecto mediante Nota DAIF N° 47/11 con el objeto de que el proyecto adecue de una vez y para siempre los criterios de exposición. Para este cierre de ejercicio, el proyecto no toma en consideración dicha recomendación y omite exponer estas disponibilidades iniciales argumentando que se debió a sugerencias de esta Contaduría General de la Nación, premisa que resulta falsa y que se puede corroborar tanto en la nota mencionada como en las sucesivas comunicaciones cursadas al SAF y al proyecto, las cuales hasta la fecha no han tenido respuesta satisfactoria.

 

12) Las Entradas No Presupuestarias corresponden a retenciones impagas por $ 1.058,9; diferencias de cambio propias generadas en el período por $ 44.973,95; una devolución de fondos por $ 68.224,59 entregados en 2010 realizada por la Fundación CEDETEMA por convenio rescindido; la suma de $ 5.354,75 identificada como “Rendición anticipos entregados en 2010” y una suma negativa de $ 3.783,58 identificada bajo el ítem “Ajuste de fuente anticipo entregado en Diciembre 2010”. Con respecto al ítem que describe los ingresos por $ 5.354,75 el proyecto no ofrece ninguna aclaración adicional a pesar de los reclamos efectuados en Nota DAIF N° 62/12, sin embargo resulta sugerente que dicho monto sea idéntico al comentado en la nota N° 8 del presente anexo. Acerca del ítem que describe los ingresos por la suma negativa de $ 3.783,58 se notificó al proyecto que la exposición realizada resultaba insuficiente al igual que los comentarios anexos, no quedando debidamente plasmado el circuito financiero que se pretendía reflejar. La respuesta que remiten los responsables de este proyecto confirma la incongruencia detectada, no mediando corrección alguna.

 

13) El rubro Otras Salidas No Presupuestarias corresponde a retenciones pagadas por $ 223,11. Además, se procedió a ajustar este rubro por una suma de $ 11.143,66 con el objeto de plasmar las diferencias de cambio originadas en la utilización de diferentes tipos de cambio para la valuación de desembolsos por parte de la DADP y la UEPEX. También se incluyó el monto de $ 0,01 en este rubro, con el objeto de ajustar la consistencia de los datos consignados, sin modificar el saldo de disponibilidades finales denunciado por el proyecto.

 

14) Continuando con el rubro antes mencionado, se procedió a ajustar la suma de $ 68.224,59 con el objeto de reflejar las discrepancias respecto de los registros de pagos de deuda exigible de fuente externa obrantes en el SIDIF, considerando no modificar las disponibilidades finales denunciadas por el proyecto. Al respecto, se informa que en el SIDIF se encuentran registrados pagos de obligaciones devengadas en el ejercicio 2010 y canceladas en el ejercicio 2011 por $ 45.245,98 y asimismo una desafectación de pagos de deuda exigible por $ 68.224,51; lo cual claramente arroja un resultado negativo de $ 22.978,61 que es el monto expuesto en el anexo para el rubro Pagado de Deuda Exigible de este proyecto. Sin embargo, dado que esta situación fuera comunicada a los responsables del SAF y del proyecto en el transcurso del año 2011 para que se impulsen con urgencia las correcciones en el SIDIF mediante los procedimientos establecidos para tales fines, resulta inaudito que las áreas intervinientes no hayan regularizado satisfactoriamente dicha situación.

 

15) Asimismo se ha solicitado al proyecto revisar los montos informados en concepto de transferencias ejecutadas presupuestariamente en el período, que según el SIDIF ascienden a la suma de $ 1.827.922,82; ya que dicha cifra discrepa de la información suministrada por las autoridades de este proyecto en la documentación de cierre. No obstante esta solicitud y las recomendaciones de la Contaduría General de la Nación, el proyecto no ha procedido a la regularización en el SIDIF en tiempo y forma.

 

16) En el rubro Otros Saldos Finales el proyecto declara anticipos a rendir por $ 36.152,37; pero la documentación de respaldo pertinente certifica que los mismos ascienden a $ 36.152,45. Al respecto, los responsables del proyecto, ponen de manifiesto que la diferencia corresponde a cancelaciones de anticipos por valores distintos a los entregados, y que dicha diferencia será subsanada en el próximo período. Conforme esta respuesta cabe resaltar que no es facultad de la UEPEX elegir cuando conciliar y/o regularizar la información financiera del ejercicio fiscal.

 

17) En virtud de los datos obrantes en el SIDIF y de las aclaraciones efectuadas por el proyecto, habida cuenta de los reclamos de revisión cursados por esta Contaduría General de la Nación respecto de las discrepancias y errores detectados en la información de cierre presentada oportunamente, se toma conocimiento que los responsables del proyecto procedieron a rehacer la documentación de cierre (cuadros y anexos) pero nunca fueron remitidas dicha correcciones.

 

18) En este sentido, se señala que el rubro Entradas No Presupuestarias corresponde a las diferencias de cambio propias del período que ascienden a $ 77.047,87, conforme uno de los comentarios enviados por la UEPEX.

 

19)  Además, se procedió a ajustar por una suma de $ 3.999.104,81 el anterior rubro, con el objeto de plasmar las diferencias de cambio originadas en la utilización de diferentes tipos de cambio para la valuación de desembolsos por parte de la DADP y el proyecto.

 

20) El proyecto reconoce en su última respuesta que el rubro Otras Salidas No Presupuestarias corresponde a las transferencias de fondos a favor del Ministerio de Desarrollo Social para la ejecución del componente de Fortalecimiento Institucional. Acerca de esto, se recuerda que no se advierte la existencia de un circuito de contribuciones figurativas de fuente 22 mediante el cual se refleje estas transferencias realizadas a dicho Ministerio, ni ninguna otra alternativa similar.

 

21) De acuerdo a la estructura de ejecución reglamentada para este proyecto, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas administra la cuenta en moneda extranjera y autoriza los registros en el SIDIF aunque los fondos externos son íntegramente transferidos al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para la ejecución del Subcomponente III. Sin embargo, de acuerdo con la información obrante en SIDIF, no se advierte que exista un circuito de contribuciones figurativas de fuente 22 mediante el cual se refleje las transferencias realizadas o procedimiento similar. Asimismo, se le ha comunicado a los responsables de la UEPEX que en la exposición que realizan no se contemplan los criterios establecidos por este órgano rector, requiriéndose la reelaboración de la documentación de cierre presentada.

 

22) No obstante esta solicitud y las recomendaciones de la Contaduría General de la Nación, el proyecto no ha procedido a realizar corrección alguna y afirma mediante la última respuesta cursada, que utiliza criterios no consensuados con ninguno de los órganos rectores. En este sentido, revisando la información registrada en el SIDIF para este proyecto, se verifica que la Dirección de Administración de la Deuda Pública ha generado registros presupuestarios de desembolsos externos en el SIDIF por la suma de $ 3.640.780, y registros por $ 57.255 en concepto de diferencias de cambio generadas por inmovilización de fondos en moneda extranjera.

 

23) De acuerdo con lo informado por las autoridades del proyecto, en los rubros Entradas No Presupuestarias y Otras Salidas No Presupuestarias exponen los fondos recibidos del BIRF y posteriormente transferidos al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para la ejecución del Subcomponente III.

 

24) En referencia con el Proyecto CAF 2966, se viene observando reiteradamente que conforme lo informado al SIDIF, existen pagos de deuda exigible realizados en el ejercicio 2011 por la suma de $ 667.189,60. Esta situación se contradice con el hecho de que no se haya presentado la documentación de cierre correspondiente y con lo expresado por el proyecto en Nota UCP-CAF (DNV) N° 052/12 acerca de que este movimiento financiero se realizó el 30/12/10. Adicionalmente, esa Unidad Coordinadora destaca que no efectúa registros en el SIDIF y que son las autoridades del SAF quienes deben analizar la situación. Cabe resaltar que mediante Nota DAIF N° 47/11 ya se le informaba al SAF respecto de dicha situación, exhortándolo a que proceda de inmediato a realizar las correcciones a que hubiera lugar, no habiéndose obtenido resultados satisfactorios ni justificaciones que avalen su inacción.

 

25) De acuerdo con los datos obrantes en el SIDIF, para el Proyecto de Relaciones con Provincias presupuestado bajo la categoría identificada como Prog. 47 – Act. 1, se observa que el mismo contaba con crédito presupuestario de fuente externa para el ejercicio 2011 por $ 504.000 el cual no se encuentra ejecutado. Al respecto sus autoridades han notificado que dicha falta de ejecución se debe a un error en la formulación.