ANEXO 4.12 NOTAS
S.A.F.: 322 - MINISTERIO DE TURISMO
1) Este proyecto funciona como Unidad Ejecutora Central y transfiere fondos en concepto de contribuciones figurativas a las Unidades Subejecutoras que se desarrollan en la órbita de la Administración Nacional de Parques Nacionales, de la Dirección Nacional de Vialidad y del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
2) En el rubro Entradas No Presupuestarias se expone una reposición de gastos bancarios del ejercicio 2010. Al respecto se notificó al proyecto que la exposición realizada resultaba insuficiente al igual que los comentarios anexos, ya que no quedaba debidamente plasmado todo el circuito financiero que se pretendía reflejar.
3) Las Salidas No Presupuestarias están conformadas por diferencias de cambio propias generadas en el período por un monto de $ 78.859,98, retenciones pagadas en el ejercicio 2011 devengadas en el ejercicio 2010 por $ 45.371,56 y gastos bancarios por $ 89,54.
4) Asimismo, se procede a ajustar este rubro por un monto de $ 7.856,29 correspondiente a las diferencias de cambio originadas en la utilización de diferentes cotizaciones para la valuación de desembolsos por parte de la DADP y del proyecto. También se incluyó el monto de $ 0,01 en este rubro, con el objeto de ajustar la consistencia de los datos consignados, sin modificar el saldo de disponibilidades finales denunciado por el proyecto.
5) Las Entradas No Presupuestarias están conformadas por una reposición de gastos bancarios del ejercicio 2010 por la suma de $ 187,49 y un ajuste por redondeo de $ 0,02. Respecto del primer concepto detallado precedentemente, se notificó al proyecto que la exposición realizada resultaba insuficiente al igual que los comentarios anexos, no quedando debidamente plasmado el circuito financiero que se pretendía reflejar.
6) El rubro Otras Salidas No Presupuestarias está formado por los siguientes conceptos: diferencias de cambio propias generadas en el período por un monto de $ 42.353,90 y gastos bancarios por un monto de $ 88,65.
7) Además, este rubro debió ser ajustado por la suma de $ 9.648,39 a fin de reflejar el efecto neto entre las diferencias de cambio que surgen de las distintas cotizaciones consideradas por la DADP y la UEPEX para la valuación de los desembolsos.