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ADMINISTRACIÓN NACIONAL
CUENTA AHORRO - INVERSIÓN - FINANCIAMIENTO

 

En este capítulo y como apertura a los estados de ejecución presupuestaria, de acuerdo con lo prescrito por la Ley Nº 24.156 se presenta la Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento de la Administración Pública Nacional.

 

La misma permite apreciar los resultados económico y financiero de la gestión presupuestaria para el ejercicio 2004 por nivel institucional, así como los orígenes y aplicaciones de los fondos surgidos de las operaciones financieras que permitieron solventarlo.

 

Aspectos metodológicos

 

En lo que se refiere al universo comprendido, cabe destacar que en éste y en los capítulos correspondientes a la ejecución del presupuesto de la Administración Nacional, se incluye la información consolidable de las jurisdicciones y entidades enmarcadas por la Decisión Administrativa Nº 2/2004 -distributiva de los créditos aprobados por la Ley Nº 25.827, es decir Administración Central, Organismos Descentralizados (excluidas las Universidades Nacionales) e Instituciones de Seguridad Social (incluidas las Ex-Cajas Previsionales Provinciales transferidas a la órbita nacional).

 

En lo que respecta al momento de registro ya los criterios relevantes, la información que se consigna en la Cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento ha sido obtenida a partir de los registros del Sistema Integrado de Información Financiera, cumpliendo lo establecido en el artículo 42 del Decreto Nº 2666/92 reglamentario de la Ley Nº 24.156 el cual dispone que el resultado presupuestario de un ejercicio surgirá de “la diferencia entre los recursos recaudados y los gastos devengados” durante el período de vigencia de dicho presupuesto.

 

La única excepción a este último criterio está constituida por el caso de las Contribuciones Figurativas, que no obstante ser recursos, han sido consideradas en la etapa de su devengamiento, a los efectos de permitir la consolidación de la ejecución presupuestaria a nivel de la Administración Nacional.

 

En este sentido, debe señalarse que, al tomar el devengado para las Contribuciones Figurativas del ejercicio, resulta necesario reflejar el monto de Contribuciones a Cobrar que surge de la ejecución presupuestaria de los integrantes de cada subsector de la Administración Nacional, considerando el respectivo importe como un Incremento de Otros Activos Financieros en Aplicaciones Financieras.  Asimismo, la Disminución de Contribuciones a Cobrar, por la percepción del saldo pendiente de cobro de los ejercicios anteriores, se refleja en Fuentes Financieras como una Disminución de Otros Activos Financieros.

 

Al igual que en ejercicios precedentes, tanto el incremento de las Contribuciones a Cobrar para 2004 como la disminución de Contribuciones Figurativas que quedaron por cobrar en ejercicios previos, han sido considerados por separado dentro del Financiamiento para mejorar su exposición.

 

De la misma manera, con el objeto de lograr una mejor calidad en la información expuesta, se incluyó por separado el total de Contribuciones y Gastos Figurativos para Aplicaciones Financieras dentro de Fuentes y Aplicaciones Financieras respectivamente, permitiendo una determinación del Resultado Financiero después de Contribuciones con una más clara descripción de lo ocurrido en cada nivel institucional.

 

El criterio adoptado para el tratamiento de los casos de entidades que dejaron de formar parte de la Administración Nacional para el ejercicio 2004 fue eliminar los montos involucrados en la Disminución de Contribuciones a Cobrar que ellas hubieran efectuado -atento que dicha disminución tuvo lugar fuera del ámbito susceptible de consolidación-. En lo referente a entidades fusionadas que hubieran constituido un nuevo ente, la disminución de las contribuciones a cobrar de las entidades originarias ha sido considerada como una operación correspondiente a la nueva entidad.

 

El resto de las Fuentes y Aplicaciones Financieras, tiene en cuenta aquellos conceptos que surgen directamente de las partidas de ejecución presupuestaria del S.I.D.I.F., como ser el financiamiento constituido por la deuda “exigible” o “flotante” (por erogaciones devengadas impagas al cierre del ejercicio) y la variación neta de Disponibilidades resultante de la gestión presupuestaria institucional. Estos últimos conceptos, surgidos indirectamente de la ejecución del presupuesto de la Administración Nacional, al igual que en los casos comentados en párrafos anteriores, han sido considerados separadamente en la cuenta de Financiamiento, a los efectos de mejorar su exposición.

 

Cuadro Nº 1 - Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento Administración Nacional

 

 

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