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PRINCIPALES CAMBIOS METODOLÓGICOS Y CONCEPTUALES


La presente Cuenta de Inversión ha sido elaborada de acuerdo a los requerimientos de la Ley Nº 24.156 y normas modificatorias y complementarias y los contenidos en la Ley Nº 25.725, de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003.

 

Entre las modificaciones producidas dentro del ámbito de la Administración Nacional mediante la sanción del Decreto Nº 1283/2003 se unifican los Ministerios de Economía y de la Producción en una sola cartera de Estado y se crea el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios a partir del 25 de mayo de 2003.

 

Por dicho decreto se transfieren de la órbita del Ministerio de Producción al Ministerio de Economía y Producción:

 

 

Por medio del Decreto Nº 27/2003, del 27 de mayo de 2003 se transfieren de la Presidencia de la Nación al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios las siguientes entidades:

 

 

del ámbito del Ministerio de Economía le son transferidos:

 

 

y del ámbito del ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto le es transferido:

 

 

En cuanto al sector público empresarial, se distingue la liquidación definitiva de TAMSE mediante la Resolución MIV Nº 23/2002 y la de SISTEVAL de acuerdo a la Resolución Nº 318/2003, en tanto que la empresa TELAM S.E. resulta redefinida como Sociedad del Estado de acuerdo al Decreto Nº 2507/2002, escindiéndose del Sistema Nacional de Medios Públicos.

 

En virtud del cese de actividades de Lineas Aéreas Privadas Argentinas S.A. (LAPA S.A.) y Dinar Lineas Aéreas S.A. se dispone, mediante el Decreto Nº 1238/2003 la constitución de una sociedad anónima con vocación de transitoriedad en la órbita estatal y hasta tanto se privatice, que se denomina Líneas Aéreas Federales S.A.  El 100% del capital de la sociedad pertenecerá al Estado Nacional.

 

Se incluye como empresa intervenida a Yacimientos Carboníferos Río Turbio (ex Y.C.F. S.E.) que mediante el Decreto Nº 1034/02 se rescinde la concesión otorgada y se transfiere la intervención a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería.

 

En cuanto a los entes públicos, comienza el proceso liquidatorio del Instituto Nacional de Administración de la Seguridad Social (INARSS) cuyas funciones son transferidas a las Administración Nacional de Ingresos Públicos (AFIP), mediante el Decreto Nº 217/2003.

 

Durante el ejercicio 2003, la Secretaría de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Presupuesto y de sus Órganos Rectores –Contaduría General de la Nación, Oficina Nacional de Presupuesto y Tesorería General de la Nación- y de la Unidad Informática continuó con la definición de requerimientos funcionales en el desarrollo de la Reingeniería del SIDIF Central.

 

Asimismo se prosiguió con la implementación de las réplicas del Sistema Integrado De Información Financiera Local Unificado (S.L.U.) en organismos de la Administración Nacional (Secretaría General de la Presidencia de la Nación, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Desarrollo Social y MedioAmbiente, Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, Secretaría de Obras Públicas, Ente Nacional Regulador de Electricidad, Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, Instituto Geográfico Militar, Teatro Nacional Cervantes, Instituto Nacional de Estadística y Censos, Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Tribunal Fiscal de la Nación, Tribunal de Tasaciones de la Nación, Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, Administración de Programas Especiales).

 

Al respecto, se trabajó en el proceso de pre-implementación de dicho sistema en la Comisión Nacional de Comercio Exterior, Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal, Procuración General de la Nación, Comisión Nacional de Comunicaciones, Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, Comisión Nacional de Valores, Superintendencia de Seguros de la Nación, Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento.

 

Corresponde indicar que los Servicios Administrativo Financieros citados en el párrafo inmediato anterior serán implementados durante el ejercicio 2004, resultando relevante resaltarlos en función a la importancia que tienen las tareas que se realizan en la etapa de pre-implementación, entre las que se encuentran el relevamiento, captando las necesidades del organismo y analizando la capacidad de sostenimiento del sistema a implementar, el informe de particularidades, el trabajo en sus registros a fin de unificarlos y adecuarlos, así como también la capacitación que se brinda al personal de los Servicios para el conocimiento de la operatoria del sistema y de sus beneficios.

 

En relación con el Sistema de Contabilidad cabe destacar la decisión por parte de la Contaduría General de la Nación en lo atinente a la iniciación de un Plan Piloto de descripción archivística que comprendió la indización, pieza por pieza, de los documentos denominados “libramientos”, correspondientes a las órdenes de pago confeccionadas de acuerdo con la Ley de Contabilidad Pública.

 

En materia de resguardo del Patrimonio Nacional se continuó el proceso de réplica del SABEN (Sistema de Administración de Bienes del Estado Nacional) Muebles e Inmuebles en los Servicios Administrativos Financiero, mediante la instalación y puesta en funcionamiento del aplicativo y base de datos. Esta actividad se acompañó con la pertinente capacitación operativa de ambos módulos, mediante Talleres Teórico-Prácticos sobre Registro y Administración de Bienes propiedad del Estado Nacional.

 

Dicha tarea implicó también la administración del sistema y de la plataforma informática en que se ejecuta, la que se realizó considerando dos aspectos:

 

 

Cabe destacar que, mediante la Disposición Conjunta CGN 4 y UI 1, de fecha 11 de febrero de 2003, fueron aprobadas las Normas de Resguardo y Recuperación de Sistemas.

 

Asimismo, a través de la Disposición CGN Nº 29, de fecha 31 de octubre de 2003, la Contaduría General de la Nación adoptó la Firma Digital tanto en sus comunicaciones como en los Sistemas de Administración Financiera que administra.

 

Por otra parte, mediante el dictado del Decreto Nº 743, de fecha 28 de marzo de 2003, fue creado el Programa de Unificación Monetaria con el objeto del retiro de los Títulos que reúnan las características del artículo 12 de la Ley Nº 25.561 y su reemplazo por la moneda nacional de curso legal. Al respecto, mediante el Decreto Nº 957, de fecha 23 de abril de 2003, se incluyó en dicho Programa a las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales –LECOP-.

 

Por lo expuesto, esta Contaduría General de la Nación dictó las Disposiciones Nros. 25 y 39, de fechas, respectivamente, 16 de octubre y 19 de diciembre de 2003, que aprobaron Procedimientos de registro para el rescate de LECOP.

 

Cabe destacar que con el fin de asegurar el adecuado registro de todas aquellas transacciones originadas en operaciones de financiamiento con las provincias, durante el transcurso del período fiscal bajo análisis, la Contaduría General de la Nación tuvo a su cargo, en cumplimiento por lo dispuesto por el Sr. Subsecretario de Presupuesto, la coordinación de grupos de tareas conformados por representantes de diversos organismos, tales como la Oficina Nacional de Presupuesto, la Tesorería General de la Nación, la Dirección de Administración de la Deuda Pública, la Dirección Nacional de Coordinación Fiscal con Provincias, el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, y otros que ocasionalmente fueron convocados.

 

En la inteligencia señalada, fueron abordados por el grupo descrito, diversos temas de gran importancia por su complejidad e impacto en el patrimonio de la Administración Central, tales como el Programa de Financiamiento Ordenado (PFO), la recaudación tributaria percibida mediante títulos de la deuda pública, el Programa de Unificación Monetaria (PUM), y otros de similares características.

 

El resultado de tal emprendimiento puede verse reflejado en los resultados obtenidos, ya que pudo cumplirse acabadamente el objetivo principal señalado precedentemente, y fundamentalmente, se sentaron las bases de una metodología de trabajo que continuará aplicándose en el próximo ejercicio fiscal, a las que se le incorporarán las mejoras generadas como consecuencia lógica de la experiencia adquirida.

 

En consonancia con el dictado del Decreto Nº 664, de fecha 20 de marzo de 2003, se discontinuó la aplicación del procedimiento de reexpresión de los estados contables del Sector Público Nacional a moneda constante a partir del 1º de enero de 2003.

 

Por último, con relación al sitio web de la Contaduría General de la Nación , en el transcurso del año 2003, se procedió a realizar su rediseño para mejorar la accesibilidad de sus contenidos, incorporando un buscador y un anuncio de novedades. Entre la información existente en el mismo, se encuentra:

 

 

En relación con el Sistema de Presupuesto cabe destacar que con fecha 24 de abril de 2003 se aprobó la Resolución Nº 71 de la Secretaría de Hacienda que puso en vigencia un nuevo texto ordenado de las clasificaciones presupuestarias para el Sector Público Nacional, el que dio lugar a la quinta edición del Manual homónimo elaborado sobre la base de dicho texto.

 

El Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional. Quinta Edición. 2003 se actualizó incorporando las normas modificatorias producidas desde la edición anterior, realizada en octubre del año 1999, hasta la fecha.  Por otra parte, se revisaron los contenidos del manual en general, a fin de adecuarlo a las necesidades actuales de registro y mejorar las definiciones conceptuales de modo de orientar mejor la aplicación de las distintas clasificaciones y evitar distorsiones derivadas de criterios erróneos de imputación.

 

En relación con el nuevo Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional. Quinta Edición. 2003 la Oficina Nacional de Presupuesto dictó la Circular Nº 2/2003 mediante la cual se explicaron en detalle las modificaciones introducidas a dicho ejemplar y que estableció que los cambios introducidos serían de aplicación plena para la Formulación del Presupuesto Nacional 2004, de manera que la ejecución presupuestaria del ejercicio 2003 no sería objeto de adecuaciones de las imputaciones de recursos y gastos.

 

En relación con esta temática, previamente la Oficina Nacional de Presupuesto dictó la Circular Nº 1/2003 con el objetivo de fijar criterios para mejorar la aplicación de la clasificación por tipo de moneda y facilitar la implementación del presupuesto de divisas, en el conocimiento de que el mismo sólo es factible de ser elaborado en la medida que las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional imputen correctamente dicha clasificación, tanto en la etapa de formulación como en la de ejecución del presupuesto.

 

En relación con el Sistema de Tesorería se rediseñó la página institucional de la Tesorería General de la Nación en Internet, incorporando nuevas funcionalidades a la misma, entre otras, la publicación mensual de las fechas de pago de haberes, los importes de los créditos presupuestarios por Organismo para el ingreso de los remanentes al Tesoro Nacional, el detalle de los Aportes al Tesoro en virtud de las normas que lo aprobaron, las actividades desarrolladas por iniciativa de la Tesorería General, y la incorporación parcial del sitio en inglés, como así también el diseño gráfico que contiene los nuevos accesos.

 

Desde lo normativo, entre otros, se elaboró un procedimiento ordenado de procesos administrativos para el cierre de operaciones presupuestarias, contables y financieras de los Servicios Administrativo Financieros que operan en el sistema de la Cuenta Única del Tesoro, que se transformen, fusionen escindan o disuelvan, aprobado a través de la Resolución de la Secretaría de Hacienda 199/2003.

 

Asimismo, se participó en la elaboración de procedimientos administrativos conjuntamente con la Contaduría General de la Nación, donde se normaron, entre otras cosas, actos vinculados con beneficiarios de pagos, retenciones impositivas y restitución de la reducción del 13% sobre los haberes del personal.

 

Las Segundas Jornadas de la Tesorería General de la Nación y las Tesorerías Jurisdiccionales del Sector Público Nacional –2003- permitieron proyectar, con el aporte brindado por los participantes de los talleres realizados, un modelo de Tesorería Jurisdiccional que servirá como punto de partida para definir estándares comunes de organización y funcionamiento dentro de la Administración Pública Nacional, y a su vez unificar y maximizar su operatoria con el Órgano Rector.

 

Como complemento del trabajo desarrollado en las Segundas Jornadas de Tesorerías –2003-, se desarrolló un Foro -cerrado solo a Tesorerías Jurisdiccionales en principio- accesible desde la página principal del sitio de la Tesorería General de la Nación en Internet, a fin de implementar un lugar de intercambio de opiniones, sobre distintas temáticas propuestas por este órgano rector.

 

Se participó activamente en el proyecto de expansión de réplicas del SIDIF Local Unificado, basado en la integración de la gestión de recursos y gastos con el registro presupuestario y contable.  Para ello, se brindó soporte funcional a los equipos de desarrollo informático y de réplicas para optimizar el funcionamiento del sistema e incorporar nuevas prestaciones.  Asimismo, se cooperó en la definición de procedimientos específicos de registro para atender las particularidades detectadas en los organismos, y en la capacitación a nuevos usuarios para facilitar la operación del sistema en las jurisdicciones y entidades.

 

Se realizó el análisis funcional y la especificación de requerimientos para desarrollar la reingeniería del SIDIF Central en los módulos de Gastos y Pagos, contribuyendo a la actualización tecnológica y a la optimización funcional del sistema integrado de Administración Financiera.

 

Se promovió la implementación del sistema BUDI en organismos de la APN incorporados al sistema de Cuenta Única del Tesoro.  Este desarrollo informático comprende la generación de boletas de depósito con código de barras para optimizar la gestión bancaria de la recaudación, y la generación de archivos de rendición para verificar los recursos percibidos.

 

En lo relativo a la administración de Cuentas Bancarias, se desarrolló e instrumentó un procedimiento para el registro contable de la operatoria de rescate de las cuasimonedas dentro del denominado Programa de Unificación Monetaria.  El programa mencionado incluyó, una vez concretado el canje, el cierre de las cuentas bancarias en Lecop y la consiguiente actualización del Registro de Cuentas Oficiales creado por el Decreto 2663/92.

 

Respecto a la responsabilidad en el movimiento de fondos, se ejecutaron distintas tareas y procedimientos tendientes a mantener actualizadas las tablas de retenciones.  Asimismo, se coordinó y posteriormente se concretó con el Banco de la Nación Argentina la modalidad de descuentos a entidades financieras en relación con la Ley 25.413 y particularmente con el Impuesto a los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.

 

Durante el ejercicio 2003, y de acuerdo a las competencias asignadas a este Órgano Rector en materia de Gestión de Cobranzas de recursos no tributarios a favor del Tesoro Nacional, es oportuno señalar que con el objeto de optimizar el registro y seguimiento de los créditos cuya gestión se encuentre a su cargo, se comenzó con el desarrollo de un Sistema Informático (COTENA- Cobranzas del Tesoro Nacional).

 

Desde el punto de vista normativo se ha efectuado análisis y sugerencias sobre el procedimiento de cierre de organismos, procedimiento de registro y operativo del Programa de Financiamiento Ordenado de las Finanzas Provinciales y Programa de Unificación Monetaria.

 

En materia de Programación y Control de la Ejecución Financiera, y en cuanto al proceso de programación financiera trimestral que deben remitir todos los organismos centralizados y descentralizados de la Administración Nacional, se incorporaron nuevas facilidades para todos aquellos Servicios Administrativos Financieros que lo hacen en soporte papel, incorporando la facilidad de transmisión por vía de correo electrónico.

 

En cuanto a la información con destino al ciudadano que se incorpora en el Boletín Fiscal, dentro del capítulo de la deuda flotante se incorporó una nueva presentación que expone el importe de las órdenes de pago en proceso de cancelación por apertura jurisdiccional, dando más elementos de análisis de la evolución de las Finanzas Públicas.

 

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