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PRINCIPALES CAMBIOS METODOLÓGICOS Y CONCEPTUALES
La presente Cuenta de
Inversión ha sido elaborada de acuerdo a los requerimientos de la Ley Nº
24.156 y normas modificatorias y los contenidos en la Ley Nº 25.401, de
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2001.
En
febrero del 2001 por Decreto Nº 250 se transfirieron al Ministerio de Educación
la Secretaría para la Tecnología, la Ciencia y la Investigación
Productiva, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y la
Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, que dependían de la
Presidencia de la Nación.
Por Decisión
Administrativa Nº 53/2001 se aprobó el Presupuesto Consolidado del Sector Público
Nacional para el Ejercicio 2001. Dentro
del Sector Público Empresarial cabe incluir a partir de 2001 a la empresa
Servicios de Radio y Televisión de la Universidad Nacional de Córdoba y al
Polo Tecnológico Constituyentes S.A., conformado por :
Universidad Nacional de San Martín,
Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas de las
Fuerzas Armadas (CITEFA),
Instituto Nacional de Tecnología Industrial
(INTI)
Servicio Geológico Minero Argentino
(SEGEMAR).
En cuanto a las
empresas en marcha, debe destacarse la creación del Portal Educativo EDUC. AR.
S.E. (Decreto Nº 383/2000), y el Sistema Nacional de Medios Públicos S.E a
partir de la disolución de ATC S.A. y TELAM S.A.I y P y la absorción de los
servicios prestados por otras emisoras integrantes del Servicio Oficial de
Radiodifusión (Decreto Nº 94/2001).
Se encuentran en estado
de liquidación definitiva las empresas Agua y Energía Eléctrica S.E.,
Difusión Contemporánea S.A. (DICON), Empresa Nuclear Argentina de Centrales Eléctricas
S.A., Tanque Argentino Mediano (TAMSE), Astillero Ministro Domecq García S.A,Fábrica de Materiales Aeroespaciales (FAMA) y
SISTEVAL S. A.
Por Decisión
Administrativa Nº 151/2001 mantienen su estado de empresas en liquidación la
Caja Nacional de Ahorro y Seguro, la Corporación Argentina de Productores de
Carne, Ferrocarriles Metropolitanos S.A y patrimonio en liquidación:
Banco Nacional de Desarrollo.
En el presente
ejercicio, el sistema informático de registro Sistema Integrado de Información
Financiera -SIDIF- se encuentra en pleno proceso de “reingeniería tecnológica
y funcional“ pasando de un entorno caracter a uno gráfico.
Al
31/12/2001 se contaba con los módulos de Recursos, Fondos Rotatorios y
Contabilidad implementados en entorno gráfico, sujetos a ajustes a fin de
satisfacer los requerimientos del registro y la adaptación a la normativa
vigente. Mientras que los módulos
de Gastos y Pagos aún permanecen en el entorno caracter.
Este proceso de
reingeniería genera demoras en la normal ejecución presupuestaria, contable y
financiera, tanto en el Sistema Central como en el intercambio de información
con los Sistemas Locales utilizados por los servicios administrativo
financieros.
Durante
el ejercicio 2001, la Secretaría de Hacienda, a través de la Subsecretaría de
Presupuesto y de sus Órganos Rectores -Contaduría General de la Nación,
Oficina Nacional de Presupuesto y Tesorería General de la Nación- continuó en
la participación activa para la definición de requerimientos funcionales y en
el desarrollo de la reingeniería del SIDIF Central, que permitieron llevar a
cabo la implementación de los Subsistemas de Recursos, Fondo Rotatorio y
Contabilidad, todos ellos integrantes del Sistema de Contabilidad y de nuevos módulos
de gestión de información en Programación Financiera y Cuenta Única del Tesoro.
En relación a los módulos
de recursos y fondo rotatorio, las nuevas definiciones funcionales no se
limitaron al Sistema Integrado de Información Financiera administrado por la
Contaduría General de la Nación sino que se expandió la aplicación de las
mismas a los sistemas locales desarrollados por la Secretaria de Hacienda.
Las definiciones funcionales elaboradas pueden resumirse de la siguiente forma:
Recursos:
Aplicación
del articulo Nº 32 la Ley 24.156 de Administración Financiera y Control del
Sector Público Nacional y normas modificatorias, incorporando como etapa de
registro al Devengado del Recurso o Ingreso, para lo cual se dictó la Circular Nº 17/01 CGN.
Registro
del percibido del recurso en función al medio de percepción.
Fondo Rotatorio:
Dividir
la solicitud de reposición de fondos del informe de ejecución de gastos,
independizando una operación de otra, para lo cual se dictó la Disposición Nº
28/01 CGN.
Modulo de Gastos:
Registro
del pagado del gasto en función del medio de pago.
Modulo de Contabilidad
Registro
del percibido y pagado en función del medio de percepción o pago.
Registro
contable genérico por formulario, tipo de imputación y tipo de operación.
Generación
de información adicional al registro contable genérico, permitiendo una mejor
calidad en las salidas de información.
Redefinición
de las matrices que permiten la generación automática de asientos
contables.
Como consecuencia de
todas las adecuaciones realizadas con motivo de la implementación de los módulos
adaptados a las definiciones dadas para la Reingeniería del SIDIF Central, se
posibilitó la elaboración de los estados contables que forman parte de la
presente Cuenta de Inversión, conforme a las salidas de información del nuevo
módulo contable.
Se participó activamente en el desarrollo e implementación del SIDIF
Local Unificado, un nuevo sistema local que integra la gestión de recursos y
gastos con el registro presupuestario y contable. Para ello, se brindó soporte
funcional a los equipos de desarrollo y réplicas, y se desarrollaron los
Manuales del Usuario. Asimismo, se efectuaron actividades de capacitación y
difusión del software en los organismos piloto.
Cabe
mencionar que durante este ejercicio se realizó la implementación del SLU en
el organismo Comité Federal de Radiodifusión (COMFER).
Durante el presente
ejercicio, la Contaduría General de la Nación continuó con la capacitación y
réplica del Sistema de Bienes Muebles y Semovientes en organismos de la
Administración Central y Descentralizados.
Asimismo, se concluyó con la capacitación y réplica del Sistema de
Bienes Inmuebles en todos los organismos de la Administración Central, lográndose
en este caso la obligatoriedad de su utilización según la Nota Nº 297/01 CGN
para el presente cierre de los Estados Contables al 31/12/01.
Cabe destacar que se está realizando el mantenimiento permanente de
ambos desarrollos informáticos.
Con relación al
Sistema
de Contabilidad Gubernamental se ha modificado la metodología utilizada
para el rubro Previsiones, específicamente, para el tratamiento de las
Contingencias por Juicios.
Los Servicios
Administrativo Financieros de la Administración Central, remiten para cada
cierre de ejercicio, con referencia a las causas judiciales en las que el Estado
Nacional es parte demandada, la información desagregada como a continuación se
detalla:
Sentencias firmes en los términos del artículo 68 de la Ley Nº 11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999).
Sentencias adversas de Cámara y en trámite de apelación.
Sentencias adversas en primera instancia.
En trámite sin sentencia.
Asimismo, los
Organismos Descentralizados y el resto de los Entes obligados a presentar
Estados Contables, deben incluir en éstos la información expuesta
precedentemente.
En los Estados
Contables que integraron las Cuentas de Inversión de los ejercicios 1999 y 2000
por las sentencias del apartado a) se constituyó la pertinente previsión
contable, en tanto que para el resto de las sentencias sus respectivos importes
fueron informados mediante Nota a los Estados Contables.
A partir del ejercicio
2001 y a fin de mejorar la exposición en los Estados Contables de las causas
judiciales precedentemente citadas, las sentencias del inciso a), con
independencia de si cuentan o no con crédito presupuestario, se imputan a la
cuenta contable 2.1.1.9. “Otras Cuentas a Pagar” o 2.2.1.9. “Otras Deudas
a Pagar a Largo Plazo”, según se trate de corriente o no corriente
respectivamente, por las de los incisos b) y c) se constituye la pertinente
previsión contable y las del inciso d) se informan en Nota a dichos Estados
Contables.
En relación con el Sistema
de Presupuesto, cabe destacar que con fecha 14 de diciembre de 2001 se aprobó
la Resolución del Secretario de Hacienda Nº 421 mediante la cual se procedió
a efectuar modificaciones al Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el
Sector Público Nacional, en particular, con relación a la actualización y
ordenamiento de la clasificación institucional a fin de plasmar en la misma los
cambios introducidos en la estructura orgánica del Sector Público Nacional.
Asimismo, se incluyeron
actualizaciones a las clasificaciones de los recursos por rubros, por objeto del
gasto y económica del gasto, como así también se modificó el glosario del
Manual a fin de aclarar criterios de imputación de determinadas partidas.
Con fecha 17 de
diciembre de 2001 la Oficina Nacional de Presupuesto emitió la Circular Nº
1/2001 mediante la cual se explicaron en detalle los cambios introducidos por la
Resolución SH Nº 421/2001 ya mencionada.
Estos mismos cambios se
incorporaron a las tablas básicas que operan el Sistema Integrado de Información
Financiera (SIDIF).
Por otra parte, por
medio del Decreto Nº 1.399 del 4 de noviembre de 2001 se excluye la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la consolidación del
presupuesto de la Administración Nacional y se la somete al régimen
establecido para los entes enumerados en el inciso b) del artículo 8º de la
Ley 24.156 y normas modificatorias, el cual se refiere a las Empresas y
Sociedades del Estado.
Asimismo, el artículo
1º de la Ley Nº 25.465 taxativamente excluye el Fondo Especial del Tabaco del
Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional.
Cabe resaltar que las
normativas antes comentadas tendrán un efecto pleno en el Presupuesto Nacional
del ejercicio 2002.
En relación con el
Sistema
de Tesorería, se trabajó en la elaboración de un Plan Estratégico para
la Tesorería General de la Nación, con un alcance de tres años, con la fijación
de objetivos, actividades, impactos, factores de riesgo y plazos involucrados.
Se concluyó el desarrollo informático del sistema BUDI (Boleta Única
de Ingresos) en organismos incorporados a la Cuenta Única del Tesoro. Se
coordinaron las actividades de testing entre la Secretaría de Hacienda y el
Banco de la Nación Argentina, y se avanzó en la integración del aplicativo a
los sistemas locales en uso.
Se actualizaron las clases de gasto en los módulos de programación
financiera, gastos y pagos, con el objeto de integrar la gestión de programación
de caja trimestral y la gestión diaria de cuotas de pago en un esquema de
fijación de límites mensuales de Caja para organismos integrados al Sistema de
Cuenta Única.
Se desarrollaron las definiciones funcionales y las adecuaciones informáticas
necesarias para permitir la gestión y el registro de información de recaudación
y pagos efectuados en Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales
(LECOP) para el ejercicio 2002.
En otro orden, la Ley Nº 25.237 de Presupuesto de la
Administración Nacional para el ejercicio 2000, introdujo cambios en las
condiciones para otorgar anticipos financieros a Provincias y al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En
este sentido, se estableció que los anticipos financieros deberán ser
reintegrados dentro del mes de su otorgamiento y, cuando razones fundadas
aconsejen extender dicho plazo, el Poder Ejecutivo Nacional, con opinión
favorable del Ministerio de Economía, podrá ampliarlo sin exceder el ejercicio
fiscal en que se otorguen. En este último caso, tales anticipos devengarán
intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva
devolución.
Por otra parte, se
convino con el Banco de la Nación Argentina una serie de modificaciones
administrativas tendientes a optimizar la gestión de apertura, modificaciones y
cierre de cuentas bancarias, de conformidad con lo previsto en el Decreto Nº
2663/92. En tal sentido, se ha emitido la Circular Nº 1/2001 TGN por la cual se
instruye a los Servicios Administrativo Financieros sobre los requisitos a
cumplir en las autorizaciones solicitadas a la Tesorería General de la Nación.
Se ha actualizado la
versión preexistente del Manual de Tesorería, incorporando novedades
operativas que se espera contribuyan a optimizar el funcionamiento del sistema
estableciendo una mayor descentralización y eficiencia en los procesos vigentes
para la captación, registro y aplicación de los recursos, mayor previsibilidad
respecto de la disposición de recursos financieros por parte de las entidades y
jurisdicciones del sector público y mayor accesibilidad a la información para
todos los usuarios del sistema.