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ESTADO DE SITUACION DE LA DEUDA PUBLICA
Aspectos metodológicos.
La Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, en su artículo 95 inciso c) dispone que uno de los Estados que como mínimo debe contener la Cuenta de Inversión es el relativo a la Deuda Pública interna, externa, directa e indirecta.
El Estado de la Deuda Pública correspondiente al ejercicio 2000 comprende los aspectos antes señalados. El mismo exhibe el Cuadro 1C, correspondiente a la Resolución Nº 493/98 S.H.
La información consignada en el cuadro citado precedentemente obra en el Sistema de Gestión y Administración de la Deuda Pública (SIGADE) y la elaboración del mismo estuvo a cargo de la Dirección de Administración de la Deuda Pública, responsable primaria de mantener un registro actualizado sobre el endeudamiento público, debidamente integrado al sistema de contabilidad gubernamental, conforme lo establece la Ley Nº 24.156, en su artículo 69 inciso h).
Como consecuencia del dictado de la Resolución 493/98 por parte de la Secretaría de Hacienda se exhiben, en la Separata de Deuda Pública, una serie de cuadros y anexos informativos producidos por la Oficina Nacional de Crédito Público, que muestran en forma analítica las operaciones de endeudamiento público efectuadas durante el ejercicio subanálisis. De esta manera se mantiene para este ejercicio fiscal, el criterio expositivo adoptado para los ejercicios 1998 y 1999.