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PRINCIPALES CAMBIOS METODOLÓGICOS Y CONCEPTUALES
La
presente Cuenta de Inversión ha sido elaborada de acuerdo a los requerimientos
de la Ley Nº 24.156 y los contenidos en la Ley Nº 25.237 de Presupuesto
General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional para el
ejercicio 2000.
En
diciembre de 1999 se sancionó la Ley Nº 25.233 la cual modificó la Ley de
Ministerios, sustituyendo en algunos casos el nombre y competencias de los
mismos.
Así,
se crearon los Ministerios de Desarrollo Social y Medio Ambiente y el de
Infraestructura y Vivienda, la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación
Productiva dependiente de la Presidencia de la Nación y la Oficina Anticorrupción
dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Cabe
destacar que la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva no
llegó a registrar ejecución presupuestaria como organismo sino como un
programa dentro de la jurisdicción de Presidencia de la Nación
denominado “Formulación e Implementación de la Política de Ciencia y Técnica”.
En
virtud de la Ley de Ministerios las Secretarías de Deportes, Desarrollo Social
y Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable conformaron el Ministerio de
Desarrollo Social y Medio Ambiente. También
pasaron a su órbita el Consejo Nacional del Menor y la Familia y el Instituto
Nacional de Asociativismo y Economía Social.
De
la misma manera se transfirieron a la jurisdicción del nuevo Ministerio de
Infraestructura y Vivienda el Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, la
Comisión Nacional de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Vialidad, el
Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento, el Órgano Regulador de
Seguridad de Presas, el Órgano de Control de la Red de Acceso a la Ciudad de
Buenos Aires, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y el Organismo
Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos.
El
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas pasó del ámbito
del Ministerio de Educación al de la Presidencia de la Nación.
En
el transcurso del ejercicio 2000 cesaron en sus funciones el Ente Nacional de
Administración de Bienes Ferroviarios y la Dirección Nacional de Bienes del
Estado, ambos dependientes del Ministerio de Infraestructura y Vivienda.
En su reemplazo se creó bajo la órbita del mismo ministerio el
Organismo Nacional de Administración de Bienes con las misiones y funciones de
los dos organismos suprimidos, exceptuando el Registro Patrimonial que se
mantuvo en la órbita del Ministerio de Economía.
Asimismo
reingresaron a la Administración Nacional como Organismos de Descentralizados,
la Colonia Nacional Manuel Montes de Oca y el Instituto de Rehabilitación
Psicofísica del Sur, que anteriormente recibían transferencias del entonces
llamado Ministerio de Salud y Acción Social, actualmente Ministerio de Salud.
En
cuanto al universo del sector público empresarial, cabe mencionar que
Ferrocarriles Metropolitanos S.A. (FEMESA) en liquidación, absorbió las tareas
residuales y postliquidatorias de Ferrocarriles Argentinos y que se incorporaron
como empresas en liquidación Ferrocarril General Belgrano y Fábrica de
Materiales Aeroespaciales (FAMA), la cual no registró ejecución durante el
ejercicio 2000.
Las
empresas en liquidación ENCOTESA y Petroquímica General Mosconi, dependientes
de la Presidencia de la Nación, y Tanque Argentino Mediano S.E.
(TAMSE), dependiente del Ministerio de Defensa, se transfirieron a la órbita
del Ministerio de Economía.
Asimismo,
Intercargo y las empresas en liquidación Administración General de Puertos
(AGP) y Ferrocarril General Belgrano se traspasaron de la jurisdicción del
Ministerio de Economía a la del Ministerio de Infraestructura y Vivienda.
La
empresa Lotería Nacional S.E., dependiente anteriormente de la Presidencia de
la Nación, durante el año 2000 pasó a depender del Ministerio de Desarrollo
Social y Medio Ambiente.
Durante
el ejercicio 2000, la Secretaría de Hacienda, a través de la Subsecretaría de
Presupuesto y de sus Órganos rectores -Contaduría General de la Nación,
Oficina Nacional de Presupuesto y Tesorería General de la Nación- continuó en
la participación activa para la definición de requerimientos funcionales y en
el desarrollo de la reingeniería del SIDIF Central, con vistas a su puesta en
marcha con la incorporación de tecnología de punta.
Se
han optimizado los procedimientos administrativos vinculados con la generación
automática de formularios de registro de recursos en las cuentas bancarias
pertenecientes a la Tesorería General de la Nación y, en el circuito
correspondiente, a los formularios de registro de regularizaciones y
modificaciones de gastos.
En
el mismo orden, pero con relación al Sistema Local Unificado (SLU), se han
ampliado definiciones funcionales tendientes a finalizar su desarrollo y se ha
participado en el testing y en la capacitación de la primera versión del
producto que se proyecta implementar en Organismos pilotos.
Con
relación al Sistema de Contabilidad Gubernamental y con respecto al
registro de Bienes del Estado, en concordancia con el Decreto Nº 443/00, la
Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de
Economía ha dispuesto que la responsabilidad del registro de los mismos recaiga
en la Contaduría General de la Nación.
En
tal sentido, dicho Órgano Rector ha finalizado el desarrollo informático del
Sistema de Administración y Registro de Bienes (SABEN) en sus dos grandes Módulos:
a) Inmuebles de Dominio Privado del Estado Nacional y b) Muebles y Semovientes,
comenzando con la capacitación e instalación del Módulo de Inmuebles en 6
Organismos, quedando previsto para el ejercicio 2001 realizarlo para ambos Módulos,
en más del 50% de los Organismos restantes comprendidos en la Ley Nº 24.156.
Con
respecto al desarrollo de la reingeniería que afecta al Sistema de Contabilidad
Gubernamental, se inició el testeo del nuevo módulo contable con su posterior
puesta en producción en paralelo con el viejo modelo. La incorporación parcial de los nuevos módulos y el
resultado de su correspondiente testeo han hecho aconsejable continuar
elaborando los Estados Contables que forman parte de la presente Cuenta de
Inversión, conforme a las salidas de información del anterior módulo
contable.
A
partir del Ejercicio 2000 se asignó a la Contaduría General de la Nación la
tarea de mantener actualizado “Digesto de Normas de Administración financiera
y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional”.
La
mencionada publicación es de distribución a los Organismos de la Administración
Nacional, a representantes de otros Poderes del Estado, a las Contadurías
Generales de las distintas provincias de la República Argentina, como así
también a las Universidades Nacionales, bibliotecas especializadas y
profesionales en la materia. Dicho
Digesto representa una herramienta de trabajo que facilita la búsqueda y
consulta de normas, ayudando a optimizar la tarea de los organismos y entidades
que se encuentran en el marco de la Ley
N° 24.156; como así también los trabajos e investigaciones que, a nivel
docente y alumnos, se desarrollan en el ámbito universitario.
Asimismo,
es oportuno señalar que el Digesto puede ser consultado vía Internet, para
facilitar su llegada a todo aquel usuario que requiera del mismo, dentro como
fuera de la República Argentina. Durante
el ejercicio 2000, esta Contaduría General ha rediseñado la citada página a
los fines de mejorar este servicio y agilizar las consultas.
En
relación con el Sistema de Presupuesto, cabe resaltar que al iniciarse
el ejercicio 2000 entró en plena vigencia la Resolución Nº 507 de la Secretaría
de Hacienda del 5 de octubre de 1999, mediante la cual se ordenó el texto de
las Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional y la cuarta
edición del Manual homónimo, elaborado sobre la base de dicho texto.
Posteriormente,
mediante la Resolución Nº 1 de la Secretaría de Hacienda del 6 de enero de
2000 se actualizó la clasificación institucional, de acuerdo con los cambios
introducidos por la Ley de Ministerios Nº 25.233 y el Decreto Nº 20/99, normas
mediante las cuales se efectuó el reordenamiento de las instituciones que
conforman el Poder Ejecutivo Nacional.
En
relación con el Sistema de Tesorería la entrada en vigencia de la Ley de
Emergencia Económico-Financiera Nº 25.344, Capítulo V, y su Decreto
Reglamentario Nº 1116/2000, Anexo IV, que disponen la consolidación de deudas,
implicó para la Tesorería General de la Nación dejar de efectivizar depósitos
judiciales de las acreencias comprendidas por dicha consolidación, salvo las
expresas excepciones establecidas en ambas normas.
Por
otra parte, se detallan a continuación los avances metodológicos y operativos
que se alcanzaron en el sistema durante el ejercicio bajo análisis:
Se
ha implementado la cancelación de las obligaciones impositivas referidas a
retenciones de Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Ganancias y
obligaciones previsionales de Aportes a la Seguridad Social, a través de la
trasferencia electrónica de fondos. Esta modalidad de cancelación produce una
mayor eficiencia en el circuito de pagos de los referidos conceptos, obteniéndose
mayor seguridad y transparencia, al eliminarse la emisión de cheques, logrando
de esta manera la acreditación en cuenta del 100 % de los pagos destinados a la
cancelación de las obligaciones impositivas y previsionales.
Se
ha desarrollado y puesto en funcionamiento una nueva versión del sistema de
consulta del Registro de Cuentas Oficiales que permite contar con una mayor y más
eficiente información relacionada con las cuentas bancarias correspondientes a
la Administración Nacional.
Se
han realizado numerosas gestiones con los Servicios Administrativo Financieros y
el Banco de la Nación Argentina tendientes a racionalizar el número de cuentas
bancarias abiertas.
En
cuanto a la publicación de información, dentro del ámbito de aplicación de
la Ley de Solvencia Fiscal Nº 25.152, se ha procedido al diseño, desarrollo y
publicación del sitio WEB de la Tesorería General de la
Nación, el que a la
vez de significar una presencia institucional de este organismo en Internet
permite brindar servicios directamente tanto a los organismos de la Administración
Nacional como al ciudadano en general.