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PRINCIPALES CAMBIOS METODOLÓGICOS Y CONCEPTUALES

 

                La presente Cuenta de Inversión ha sido elaborada de acuerdo a los requerimientos de la Ley Nº 24.156 y los contenidos en la Ley Nº 24.938 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 1998.

 

                Durante dicho ejercicio se observó presupuestariamente la fusión de la Dirección General Impositiva y la Administración Nacional de Aduanas en la Administración Federal de Ingresos Públicos, dispuesta por el Decreto
Nº 1156/96.

 

                Se crearon la Secretaría de Empleo dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos dependiente del Ministerio de Economía, la Administración de Programas Especiales en la jurisdicción del Ministerio de Salud y Acción Social y la Comisión Nacional de Comercio Exterior que, durante un trimestre, funcionó como organismo descentralizado en la jurisdicción del Ministerio de Economía y luego, como un Servicio Administrativo-Financiero de la Administración Central.

 

                Entre los principales cambios producidos durante el ejercicio se menciona que la Fundación Miguel Lillo pasó de la órbita del Ministerio de Cultura y Educación a depender de la Universidad Nacional de Tucumán pero conservando, durante este ejercicio, su autonomía, presentando los Estados Contables y Financieros requeridos por la Resolución Nº 544/98 S.H. por separado de aquélla. Por su parte, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados dejó de pertenecer al ámbito del Sector Público Nacional, la Secretaría de Seguridad Social pasó a ser un programa dentro del Ministerio de Trabajo y la atención a las Ex-Cajas Provinciales se constituyó en un programa dentro de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

 

                Asimismo, puede citarse que la Autoridad Regulatoria Nuclear, el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento y el Organismo Regional de Seguridad de Presas – COMAHUE pasaron de la jurisdicción del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos al ámbito de la Presidencia de la Nación.

 

                En materia de privatizaciones, con independencia de la información consignada en el Cuadro específico de los Recursos Percibidos de la Cuenta de Inversión de cada período y habida cuenta de la importancia que revistió este proceso encarado por el Gobierno de la Nación, la Contaduría General de la Nación, en años anteriores, incluyó un cuadro con información adicional relativa a la marcha de las mismas.

 

                Dado que dichos procesos han finalizado y se han percibido casi en su totalidad los montos por los cuales se transfirieron los bienes, resulta necesario, a fin de obtener una mayor adecuación a la realidad, modificar el contenido de los cuadros y consignar solamente el monto de los ingresos por estos conceptos producidos en el presente ejercicio.

 

                Conforme al compromiso asumido por la Contaduría General de la Nación al elevar la Cuenta de Inversión 1997, se procedió a adoptar los recaudos necesarios a tales fines. De las tareas realizadas surge que aún no ha podido subsanarse la totalidad de las limitaciones allí mencionadas.

 

                No obstante ello, la Contaduría General de la Nación continúa abocada a la obtención de la documentación inherente al régimen de privatizaciones, que permita obtener la integralidad de dicho proceso, a fin de adecuar la información que le sea requerida.

 

                En lo atinente a la responsabilidad de brindar información por parte de terceros, cabe señalar que la Cuenta de Inversión y sus Estados integrantes se confeccionan a partir de la información obrante en el Sistema Integrado de Información Financiera, la que es elaborada por las unidades de registro primario (art. 87 Inc. 1 del reglamento parcial 3 de la ley Nº 24.156) e ingresa al sistema en forma automática y manual, para actualizar la ejecución presupuestaria y, de corresponder, la contabilidad de la Administración Central.

 

                Tal característica del sistema hace que la Contaduría General de la Nación se convierta, en este aspecto, solamente en un administrador de la base de datos y, por ello, circunscribe su responsabilidad al procesamiento de la documentación que recibe y a la calidad del producto que surge de la misma, sin perjuicio de los controles internos de consistencia y su correspondiente regularización.

 

                En función de lo expuesto, la Contaduría General de la Nación pone su mayor esfuerzo en lograr que se le remita la totalidad de la información respecto de los movimientos presupuestarios, patrimoniales y financieros de la Administración Nacional, adoptando las medidas coercitivas y punitivas que las normas vigentes le permiten.

 

                No obstante ello, cuando tales medidas no pueden ser de aplicación y atento a las limitaciones reglamentarias que le impone la Ley 24.156, se confeccionan los Estados con la información disponible, haciendo las salvedades que correspondan y comunicando tal situación a los Órganos de Control.

 

                En lo atinente al Sistema de Tesorería, cabe señalar que se continuó con las actividades destinadas a lograr la optimización en el uso del Sistema de Cuenta Única del Tesoro como herramienta para la gestión de recursos y gastos gubernamentales.

 

                En este aspecto resulta oportuno señalar que el Poder Legislativo y el Poder Judicial no están alcanzados por las disposiciones establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional en lo relativo a la aplicación de dicho sistema. Asimismo, están excluidas del régimen las Instituciones de Seguridad Social.

 

                En cuanto a las entidades de la Administración Nacional integrantes de la Cuenta Única, 31 corresponden a la Administración Central y 51 a Organismos Descentralizados, incorporándose durante el año 1998 el Instituto del Cine y Artes Audiovisuales, el Ente Nacional de Bienes Ferroviarios, la Administración de Programas Especiales y el Órgano Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos.

 

                De tal forma, a partir de su puesta en operación a mediados del año 1995, el Sistema de Cuenta Única del Tesoro ha logrado un alto grado de implantación en la Administración Nacional para todas las operaciones que se realizan en moneda nacional.

 

                Como parte integrante de los procesos de recaudación que perciben los organismos incorporados a la Cuenta Única del Tesoro se hallan en operación 175 cuentas bancarias recaudadoras.

 

                El registro de cuentas bancarias está a cargo de la Tesorería General de la Nación e involucra a cuentas recaudadoras, pagadoras y mixtas (recaudadoras y pagadoras).

 

                Se realizaron procedimientos tendientes a depurar el registro de cuentas oficiales, circularizando a los Servicios Administrativos Financieros con cuentas cuyo plazo de autorización se hallaba vencido y coordinando con la Contaduría General de la Nación el relevamiento de la información proporcionada por los organismos en cumplimiento de la Disposición N° 33/98 C.G.N.

 

                Se continuó efectuando, a través del sistema de conciliación bancaria automática, el registro contable y presupuestario de la ejecución del presupuesto de recursos de la Administración Nacional, permitiendo de tal forma el registro de las transacciones.

 

                Asimismo, se trabajó en la normatización de numerosos circuitos administrativos y la depuración permanente de registros pendientes de conciliación en las distintas cuentas bancarias.

 

                El servicio de pagos se prestó a través de 8 entidades adheridas, cada una de ellas con estrictos requisitos de liquidez, solvencia y técnica, para poder participar en la compensación de pagos a los beneficiarios finales.

 

                La Tesorería General de la Nación participó activamente en la gestión de cobro de los aportes que, a favor del Tesoro Nacional, fueron establecidos por la Ley de Presupuesto del Ejercicio y las Decisiones Administrativas que los reglamentaron y modificaron. Asimismo, intervino en el recupero de los préstamos y anticipos otorgados por la Nación a Provincias, como así también en la cobranza de utilidades públicas, tales como los Programas de Propiedad Participada, venta de inmuebles fiscales, etc.

 

                La financiación del Presupuesto se realizó a través de las fuentes financieras previstas en la Ley Nº 24.938. Asimismo, los déficit estacionales de caja fueron cubiertos con el mecanismo establecido en el artículo N° 82 de la Ley N° 24.156, procediéndose a la emisión y colocación de Letras del Tesoro en pesos y dólares estadounidenses.

 

                En el año 1998 la financiación del presupuesto se completó a través de la realización de operaciones de venta presente y compra futura (operaciones de pase) con títulos públicos nacionales.

 

                La Tesorería General de la Nación, mensualmente, dio a conocer la información de la Cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento del Tesoro Nacional - base caja -, continuando de esta forma con la difusión periódica y sistemática de indicadores fiscales.

 

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