Principales Cambios Metodológicos y Conceptuales

 

Continuando con el ciclo iniciado en el ejercicio precedente, la Cuenta de Inversión que se presenta ha sido elaborada de acuerdo a los requerimientos de la Ley Nº 24.156 y los contenidos en la Ley Nº 24.447 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 1995. Este Presupuesto refleja transformaciones en diversos aspectos que pueden resumirse en los puntos siguientes.

En cuanto a la cobertura institucional se produjo una reestructuración administrativa y una extensión de su alcance.

De acuerdo a lo establecido por los artículos 100 y 101 de la Constitución Nacional, se creó la Jefatura de Gabinete de Ministros en jurisdicción de la Presidencia de la Nación, lo cual constituyó el acontecimiento más destacable en el ámbito de la Administración Central.

Otras entidades que comenzaron a funcionar en 1995 fueron el Ente Regulador de la Energía Nuclear, el Órgano de Control de Concesiones y Redes de Acceso a Buenos Aires, el Centro Nacional de Aguas Subterráneas y la Comisión Nacional de Comercio Exterior.

Por otra parte, continuando con el proceso de incorporación del sistema de seguridad social al ámbito nacional, se transfirieron las cajas previsionales de las provincias de Santiago del Estero y Catamarca a la Administración Nacional de la Seguridad Social, y se anexó el Instituto Nacional de Previsión Social para Jubilados y Pensionados a las Instituciones de Seguridad Social.

Cabe también destacar el progreso habido en la implantación de la técnica presupuestaria por categorías programáticas, que posibilitan la efectiva aplicación de la técnica del Presupuesto por Programas. La Ley de Presupuesto para el ejercicio 1995 es producto de una estructura programática que se adecua a la Ley Nº 24.156, lo que posibilita establecer las relaciones de las transacciones económico-financieras con el cumplimiento de metas, objetivos y volúmenes de trabajo y determinar así indicadores de eficacia y eficiencia de la actividad estatal.

Los sistemas de Presupuesto, Crédito Público, Tesorería y Contabilidad, integrantes de la administración financiera gubernamental han continuado el proceso de consolidación de la reforma en todos sus aspectos, entre los cuales pueden remarcarse los siguientes:

Con relación al Sistema de Contabilidad, se elaboraron los "Principios Generalmente Aceptados para el Sistema de Contabilidad Gubernamental" y la "Normas Generales de Contabilidad" dando así cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Administración Financiera. La incorporación de estos principios y lineamientos técnicos de contabilidad para el Sector Público Nacional a la normativa vigente en la materia aporta soluciones a los problemas de contabilización de las actividades del sector, brindando criterios para el adecuado registro de sus informaciones básicas, e inserta a la Administración Nacional en el contexto de los países más avanzados que las han desarrollado e incorporado a su legislación.

Asimismo, se alcanzaron logros en el proceso de simplificación y mejora de las comunicaciones de los flujos de entrada de la información al Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F.). Por un lado la mejora en las comunicaciones , a través de la puesta en marcha del TRANSAF, se tradujo en la recepción y registro diario de las transacciones realizadas, lo que determino un avance importante en materia de oportunidad de la información. Además, se redujo sustancialmente la variedad de formularios (papel, electrónicos o magnéticos) existentes. De este modo el numero de documentos para la información de transacciones de ingresos y egresos se redujo a siete en 1995. Los nuevos formularios fueron concebidos con un criterio multifuncional. Los aspectos relativos a la difusión del sistema a las entidades se analiza más adelante.

Por otra parte, en este ejercicio se extendió el alcance del Sistema de Tesorería, ya que en sucesivas etapas se concretó la puesta en funcionamiento del sistema de cuenta única del Tesoro. Cabe destacar que el articulo 80 de la Ley de Administración Financiera dispone la institución de un sistema de cuenta única o de fondo unificado del que participarán todas las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional. En cumplimiento de los Decretos Nº 1545/94 y su modificatorio, el Decreto Nº 2360/94 a partir del día 1º de enero de 1995 se incorporó el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. Más adelante, el día 1º de julio las restantes jurisdicciones de la Administración Central. Desde el día 1º de diciembre de 1995 se agregaron cinco organismos descentralizados. En consecuencia, el sistema de cuenta única del Tesoro alcanzó durante 1995 a los fondos de las fuentes de financiamiento "Tesoro Nacional" y "Recursos con Afectación Especifica" de toda la Administración Central y "Recursos Propios" de cinco Organismos Descentralizados. Las entidades conservan la titularidad de los fondos, que está asegurada mediante la vigencia de las denominadas cuentas escriturales. Por lo tanto, el Tesoro actúa simplemente como un banco, manteniendo en custodia los recursos ingresados, los que pueden ser aplicados cuando sus titulares lo indiquen a la cancelación de obligaciones documentadas mediante ordenes o autorizaciones de pago. Cabe subrayar que la implantación de la Cuenta Única del Tesoro ha permitido realizar un uso más ordenado y eficiente de los fondos a través de la asignación de cuotas de pago fundados en las disponibilidades y las obligaciones, Este procedimiento, unido al de programación de la ejecución constituye un límite al crecimiento de la deuda flotante.

En lo que respecta al Sistema de Crédito Público, puede comentarse que continuó el proceso de perfeccionamiento del Sistema de Gestión y Análisis de la Deuda (SI.G.A.DE.), posibilitando una mayor eficiencia en el manejo de las operaciones de crédito público ya que constituye un sistema integral para la gestión y administración de la deuda. Concomitantemente se produjeron avances en el proceso de integración SI.G.A.DE. - S.I.D.I.F.

Sin embargo, hasta que no finalice este proceso, la conciliación de las cifras de ambos sistemas sólo podrá llevarse a cabo tomando en cuenta el diferente tratamiento de la información, analizando y depurando los desvíos observados.

Para concluir, cabe señalar que, en lo que se refiere a la relación con los Ministerios, Organismos y Entidades que componen la Administración Pública, continuaron las acciones tendientes a promover la sistematización de su gestión interna y la comunicación en tiempo real con el S.I.D.I.F.. Si bien la utilización del sistema informático de Contabilidad Presupuestaria (Con.Pre) se ha extendido, se ha encarado un proyecto de fondo, cual es el desarrollo de sistemas integrales adaptados a la gestión y registro de las unidades administrativas (servicios administrativo - financieros y organismos descentralizados). En las entidades pilotos (Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, Co.N.E.A., y Auditoría General de la Nación) se dió inicio a la gestación de sistemas de esas características, que además satisfacen los requerimientos legales, permitiendo la vinculación en tiempo real con el sistema central de la Secretaria de Hacienda. Se estima que este emprendimiento concluirá durante el corriente año, extendiéndose a partir de ese momento al resto de la Administración Nacional.