RESOLUCION N° 140/94 de la Sindicatura General de la Nación
BUENOS AIRES, 16 SEPT 1994
VISTO el artículo 34 del Decreto Nº 1.545/94, y
CONSIDERANDO:
Que
por dicha norma se faculta a las Unidades de Auditoría Interna de cada
jurisdicción a centralizar el planeamiento anual y los informes resultantes de
su ejecución elaborados por las Unidades de Auditoría Interna de las entidades
dependientes.
Que en
ese orden de ideas, la necesidad de información del titular de cada
jurisdicción a través de su Unidad de Auditoría Interna, contenida en el
artículo 34 del Decreto 1.545/94, no puede sustituir la responsabilidad
primaria que el artículo 101 de la Ley 24.156 asigna a la autoridad superior de
cada una de las entidades dependientes del Poder Ejecutivo Nacional.
Que
asimismo la centralización prevista debe interpretarse en el marco de lo
dispuesto por el inciso g) del artículo 104 de la Ley citada que atribuye como
función de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION aprobar los planes anuales de
trabajo de las Unidades de Auditoría Interna.
Que el
suscripto es competente para dictar el presente acto conforme lo dispuesto por
los artículos 98, 100 y 104 inciso e) y g) de la Ley 24.156.
Por ello,
EL SINDICO
GENERAL DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- A los
efectos de la centralización de los planeamientos e informes, que faculta el
artículo 34 del Decreto 1.545/94, las Unidades de Auditoría Interna de las
entidades, deberán remitir a la Unidad de Auditoría Interna de su jurisdicción:
a) el planeamiento anual aprobado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y b)
un ejemplar de los informes resultantes de la ejecución del citado
planeamiento.
ARTICULO 2º.-
Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.
RESOLUCION Nº 140/94
S.G.N.