RESOLUCION N° 140/94 de la Sindicatura General de la Nación


BUENOS AIRES, 16 SEPT 1994

VISTO el artículo 34 del Decreto Nº 1.545/94, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha norma se faculta a las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción a centralizar el planeamiento anual y los informes resultantes de su ejecución elaborados por las Unidades de Auditoría Interna de las entidades dependientes.

Que en ese orden de ideas, la necesidad de información del titular de cada jurisdicción a través de su Unidad de Auditoría Interna, contenida en el artículo 34 del Decreto 1.545/94, no puede sustituir la responsabilidad primaria que el artículo 101 de la Ley 24.156 asigna a la autoridad superior de cada una de las entidades dependientes del Poder Ejecutivo Nacional.

Que asimismo la centralización prevista debe interpretarse en el marco de lo dispuesto por el inciso g) del artículo 104 de la Ley citada que atribuye como función de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION aprobar los planes anuales de trabajo de las Unidades de Auditoría Interna.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto conforme lo dispuesto por los artículos 98, 100 y 104 inciso e) y g) de la Ley 24.156.

 Por ello,

EL SINDICO GENERAL DE LA NACION
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- A los efectos de la centralización de los planeamientos e informes, que faculta el artículo 34 del Decreto 1.545/94, las Unidades de Auditoría Interna de las entidades, deberán remitir a la Unidad de Auditoría Interna de su jurisdicción: a) el planeamiento anual aprobado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y b) un ejemplar de los informes resultantes de la ejecución del citado planeamiento.

ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

RESOLUCION Nº 140/94 S.G.N.