RESOLUCIÓN N° 328/96 de la Secretaría de Hacienda


BUENOS AIRES, 20 MAY 1996

VISTO la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, la Ley Nº 24.624, que aprueba el Presupuesto General de la Administración Nacional para el año 1996, el Decreto Nº 2666 de fecha 29 de diciembre de 1992, el Decreto Nº 1492 de fecha 23 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios y la Decisión Administrativa Nº 43 de fecha 30 de abril de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 91 inciso i) de la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, determina la competencia de la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACION FINANCIERA de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para “mantener el archivo de la documentación financiera de la administración nacional.”

Que por el artículo 30 de la Ley Nº 24.624, sustitutivo de su similar Nº 49 de la Ley Nº 11.672 -Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1995)-, se establecen normas para otorgar valor jurídico y probatorio a la documentación existente y a la que se incorpore al Archivo General de la Administración, mediante tecnología que garantice la estabilidad, perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad del soporte de guarda físico de la mencionada documentación.

Que mediante el Decreto citado en el VISTO, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, determinando los cometidos específicos a cada una de las áreas dependientes.

Que la Decisión Administrativa del Jefe de Gabinete de Ministros N° 43 del 30 de abril de 1996, aprobó la reglamentación del mencionado artículo 30, asignando misiones y funciones específicas a la citada CONTADURIA GENERAL DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACION FINANCIERA de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en cuanto responsable del cumplimiento del precitado artículo.

Que la naturaleza de las modificaciones introducidas en la tecnología a utilizar tanto para el procedimiento de resguardo de la documentación obrante en él y la que se reciba en el futuro, como así también para su posterior reproducción y la entidad y trascendencia de las tareas a su cargo, hacen necesario denominar claramente al archivo a cargo de la citada Contaduría General.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones del artículo 6º del Reglamento Parcial Nº 1 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, aprobado por el Decreto Nº 2666 de fecha 29 de diciembre de 1992.

 Por ello

EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Denomínase como ARCHIVO MODELO POR IMAGENES DIGITALES DE DOCUMENTACION FINANCIERA, al archivo de la documentación financiera de la administración nacional a cargo del Contador General de la Nación.

ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

RESOLUCION Nº 328/96 S.H.