COMUNICACIÓN “B” 6657 del Banco Central de la República Argentina 


BUENOS AIRES, 17 FEB 2000

REFERENCIACIRCULAR CAMCO 1 – 130. SISTEMA NACIONAL DE PAGOS. TRANSFERENCIAS.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

La presente comunicación tiene por finalidad aclarar el alcance y aplicación del procedimiento para el abono, en forma abierta, de las remuneraciones mediante su acreditación en cuenta, establecido en la Comunicación “A” 2956, Circular CAMCO 1 – 130.

Al respecto se menciona que los trabajadores que ya tengan una cuenta abierta o decidan su apertura en una entidad financiera, distinta de las previstas para el pago de remuneraciones  a que se refiere la Sección 2. De las normas sobre “Depósito de Ahorro, pago por remuneraciones y especiales”, tendrán la posibilidad de libre elección de la entidad y sucursal en la cual les serán acreditados los haberes.

Por su parte, el término “empresa pagadora” de la Comunicación “A” 2956 es abarcativo de todos los empleadores, inclusive los correspondientes al sector público, estén sujetos o no al régimen de pago de remuneraciones mediante la acreditación en cuenta establecido por el Ministerio de Trabajo de la Nación, los cuales podrán solicitar a las entidades financieras la prestación de la modalidad de pago establecida en dicha circular.

 e.28/2 N° 309.130 v. 28/2/2000