COMUNICACIÓN “B” 6657 del Banco Central de la República Argentina
BUENOS AIRES, 17 FEB 2000
REFERENCIA: CIRCULAR
CAMCO 1 – 130. SISTEMA NACIONAL DE PAGOS. TRANSFERENCIAS.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
La presente comunicación tiene por finalidad aclarar
el alcance y aplicación del procedimiento para el abono, en forma abierta, de
las remuneraciones mediante su acreditación en cuenta, establecido en la
Comunicación “A” 2956, Circular CAMCO 1 – 130.
Al respecto se menciona que los trabajadores que ya
tengan una cuenta abierta o decidan su apertura en una entidad financiera,
distinta de las previstas para el pago de remuneraciones a que se refiere la Sección 2. De las normas
sobre “Depósito de Ahorro, pago por remuneraciones y especiales”, tendrán la
posibilidad de libre elección de la entidad y sucursal en la cual les serán
acreditados los haberes.
Por su parte, el término “empresa pagadora” de la
Comunicación “A” 2956 es abarcativo de todos los empleadores, inclusive los
correspondientes al sector público, estén sujetos o no al régimen de pago de
remuneraciones mediante la acreditación en cuenta establecido por el Ministerio
de Trabajo de la Nación, los cuales podrán solicitar a las entidades
financieras la prestación de la modalidad de pago establecida en dicha
circular.
e.28/2
N° 309.130 v. 28/2/2000