CIRCULAR N° 4/96 de la Oficina Nacional de Presupuesto
PARA CONOCIMIENTO DE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS FINANCIEROS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL Y DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE CREDITO (UEC)
Asunto: Criterios a utilizar para reflejar en la apertura programática del Presupuesto General de la Administración Nacional los préstamos con organismos internacionales.
Por la
presente se comunica que los criterios a tener en cuenta para proceder a
identificar adecuadamente en la apertura programática los préstamos con
organismos internacionales, son los siguientes:
- El criterio general es el de abrir, por cada préstamo, una Actividad, la que podrá ser central, común o específica, dependiendo ello de su relación de condicionamiento a los programas. Dicha apertura deberá ser realizada en cada uno de los organismos centralizados o descentralizados que coparticipen del préstamo.
- Si la producción que financia el préstamo es terminal de la red de acciones presupuestarias de la jurisdicción o la entidad, estará justificada la apertura de un programa. Dicha categoría, sin embargo, no deberá abrirse obligatoriamente en todos los organismos centralizados o descentralizados que se beneficien del préstamo, puesto que tal vez en algunos de ellos deba respetarse el criterio general de utilizar una actividad para reflejar el mismo.
- En la categoría programática escogida (Actividad o Programa)
deberán imputarse los gastos realizados con la fuente 22, Crédito externo,
obtenida con el préstamo internacional, así como las contrapartidas que se
atiendan con otras fuentes.
- La leyenda de la categoría programática que refleja la producción que se realiza con el préstamo debe identificar la denominación y, entre paréntesis, la abreviatura del organismo internacional, el código y el número otorgados por el mismo, vg: “Modernización de Servicios Agropecuarios (BID 618-OC)”
- Los gastos deberán ser distribuidos dentro de la categoría programática utilizada en las partidas que correspondan del clasificador por objeto del gasto.
Sirva la presente de atenta nota de envío.
CIRCULAR N° 4/96 O.N.P.